SANTA CRUZ DE TENERIFE, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Pleno ha acordado dicha suspensión al haber invocado el Gobierno la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, que le permite impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas.
La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.
El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno y Parlamento de Canarias, que dispondrán de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones.
El TC aclara que la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en próximas fechas.