MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
Según han adelantado fuentes del alto tribunal, la sala estima así parcialmente los recursos de la Fiscalía y de la acusación particular, ejercida por el PSOE de Cádiz, en cuanto que reclamaron que la sentencia dictada en el caso por la Audiencia de Cádiz había omitido la pena de multa que ahora impone.
El Supremo confirma el resto de la condena, pena de seis años de cárcel por delito continuado de malversación de caudales públicos y otros dos años de cárcel por fraude en la obtención de subvenciones públicas. Además, le impone otros siete años de inhabilitación por prevaricación.
Del mismo modo, el TS estima el recurso del abogado del Estado, apoyado por el fiscal y por el propio condenado, y retira los 200.000 euros que le habían sido impuestos por responsabilidad civil derivada de los delitos objeto de condena, al considerar que en esa materia se debe estar a lo establecido por el Tribunal de Cuentas en la determinación de la responsabilidad contable, que ya le condenó en 2011 a pagar los 1,6 millones de euros en los que perjudicó a los caudales públicos del consorcio.