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  • EDICIÓN DE 03/02/2015
 
 

TSJC

El TSJC confirma que el Gobierno de Cantabria no está legitimado para ejercer como acusación particular en el caso Racing

03/02/2015
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La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha ratificado la decisión de la jueza instructora del caso Racing y ha denegado al Gobierno de Cantabria, en un auto firme, la posibilidad de ejercer la acusación particular en esta causa, abierta como consecuencia de la querella presentada por la empresa pública Cantur por la compraventa del club y en la que ya está personada la empresa pública CEP Cantabria.

SANTANDER, 2 (EUROPA PRESS)

La Sala considera que el Gobierno no está legitimado por no ser perjudicado directo, por lo que ha rechazado el recurso de apelación presentado por el Ejecutivo regional contra la decisión de la instructora de no admitir su personación.

El Gobierno solicitó su personación cuando la jueza ofreció al Instituto Cántabro de Finanzas (ICAF) y a CEP Cantabria la posibilidad de ejercer acciones penales en esta causa. El Ejecutivo invocó entonces su condición de perjudicado directo por la disminución del valor de sus participaciones sociales en CEP, de la que es socio único, por disminuir el patrimonio de esta empresa como consecuencia de la operación de compraventa del Racing.

La jueza denegó la personación del Gobierno, entre otras cosas porque CEP Cantabria ya está personado en la causa en concepto de ofendido y perjudicado. Contra esta decisión el Ejecutivo presentó un recurso al que se han opuesto tanto la Fiscalía como las defensas de los exconsejeros Francisco Javier López Marcano (PRC) y Angel Agudo (PSOE), imputados en la causa.

El TSJC resuelve ahora en el mismo sentido que la magistrada, argumentando, entre otras cuestiones, que el principio de unicidad del daño excluye la posibilidad de que el perjuicio patrimonial sufrido por CEP genere dos daños indemnizables autónomos y dos legitimaciones independientes, por la totalidad del daño sufrido por la mercantil".

Y añade en último extremo que "el presunto daño invocado por el Gobierno no sería consecuencia directa del hecho delictivo investigado, sino de su relación societaria con la mercantil perjudicada". "Consecuentemente, la administración no estaría en ningún caso legitimada", concluye.

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