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Protección de datos: derecho de presente y futuro; por José Luis Piñar, Catedrático de Derecho Administrativo

28/01/2015
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El día 28 de enero de 2015, se ha publicado en el diario ABC, un artículo de José Luis Piñar, en el cual el autor opina hay que incluir la privacidad en los procesos de toma de decisión.

PROTECCIÓN DE DATOS: DERECHO DE PRESENTE Y FUTURO

El 28 de enero de 1981 el Consejo de Europa aprobó el Convenio 108 sobre protección de datos de carácter personal. En su recuerdo, el Comité de Ministros del Consejo acordó en 2006 fijar el 28 de enero como día europeo de protección de datos. Jornada que poco a poco va convirtiéndose en el día mundial de la protección de datos. Tras el ataque terrorista a la revista “Charlie Hebdo” ha vuelto a plantearse el dilema de la relación entre seguridad y libertad; entre seguridad y privacidad. No se trata de recordar una vez más la conocida frase de Benjamin Franklin (“Quien duda entre seguridad y libertad no merece ninguna de las dos”), sino de poner de relieve que el respeto a la privacidad está presente en el debate político y social, y que ya no es posible proponer medidas que garanticen la seguridad (también un derecho fundamental) sin contrastarlas previamente con el respeto a la privacidad. Ya solo esto es un avance que no podemos obviar.

Del mismo modo, los riesgos sobre la privacidad preocupan cuando hablamos de avances tecnológicos. Según el Barómetro del CIS de septiembre de 2014, el 78,2% de los encuestados considera que en los últimos años el uso de las nuevas tecnologías (internet, teléfono móvil) ha hecho disminuir la privacidad. Stefano Rodotà ha recordado que en la situación convulsa y de crisis que padecemos es necesario reivindicar el “derecho a tener derechos” y que de entre éstos la privacidad desempeña un papel protagonista, más aún en el escenario de innovación tecnológica que nos define vitalmente.

El diálogo entre todos los actores es por ello imprescindible. Así lo entendí cuando tuve el honor de estar al frente de la Agencia Española de Protección de Datos (cuyo papel, como el de todas las autoridades de protección de datos, es sencillamente imprescindible, como resulta del artículo 8 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales) y así creo que debe hacerse. Escuchando ante todo a las personas, titulares del derecho a la privacidad; insistiendo en que la legislación sea clara y garantista y de paso a ámbitos de autorregulación que permitan una mejor adaptación a la realidad de las cosas; teniendo en cuenta a quienes impulsan la innovación tecnológica y a los responsables de la protección de datos ( juristas y técnicos deben estar en constante relación); educando y concienciando a niñas, niños, adolescente y jóvenes para que capten el alcance e importancia de la privacidad en el mundo virtual en que se mueven (para ellos su mundo real). Y para ello la Universidad y los centros de investigación pueden y deben propiciar un debate abierto y riguroso (la cátedra Google-CEU que dirijo tiene ese objetivo) para que seguridad, innovación y derechos fundamentales vayan de la mano. Marcando las líneas rojas que no es posible franquear, pero sin poner innecesarias puertas al campo. Se trata, en definitiva, de normalizar la cultura de la protección de datos.

Sin duda habrá siempre situaciones en las que la decisión será difícil o imposible. La célula inmortal de Henrietta Lacks (fallecida en 1951 a los 31 años de edad) se descubrió al extraer sin su consentimiento células de su muestra tumoral en el tratamiento por cáncer al que estaba siendo sometida, lo que afectó gravemente a su privacidad y a la de su familia. Sin que por ahora haya sido posible cerrar el debate ético generado. Por ello es imprescindible tener las ideas muy claras, desde el sentido común y con la meta del respeto a la protección de datos y a la dignidad de la persona. Con todo acierto el Grupo Europeo de Autoridades de Protección de Datos, en una resolución de 5 de diciembre de 2007 sobre el día europeo de protección de datos, advirtió que “un ciudadano transparente nunca será compatible con la dignidad humana”. La protección de datos no sólo es útil (¿tendremos que recurrir, con Nuccio Ordine, a la necesidad de reclamar su utilidad?: Lautilidaddeloinútil.

Manifiesto, Acantilado, 2013), sino imprescindible para el desarrollo social, tecnológico, democrático. Superemos de una vez por todas las falsas tensiones entre derechos (privacidad, seguridad, libertad de expresión, transparencia) y situemos a la protección de datos en el escenario de la innovación. Del mismo modo que nadie se plantea que la seguridad vial deba ceder para facilitar el desarrollo de la industria de la automoción, nadie debe ya considerar que la privacidad es un obstáculo para la innovación y un derecho incómodo de futuro. Se trata de incluir la privacidad en los procesos de toma de decisión, o como antes decía, de normalizar la cultura de la protección de datos. Porque no es imposible conciliar innovación, desarrollo y privacidad, sino más bien todo lo contrario.

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