Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/01/2015
 
 

CP

El Código Penal castigará con cárcel la explotación sexual de animales pero no a organizadores de peleas de gallos

19/01/2015
Compartir: 

La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha alcanzado un acuerdo para tipificar en el Código Penal con una pena de tres meses a un año de cárcel a quien explote sexualmente un animal, aunque no castigará a los organizadores de peleas de gallos o perros.

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

Así lo ha anunciado este viernes el diputado de ERC Joan Tardá, que propuso introducir la zoofilia en el nuevo texto penal que tramita la Cámara Baja y que ha celebrado que el PP haya propuesto una enmienda transaccional para castigar esta conducta.

De esta forma, se castigará a quien "maltrate injustificadamente cualquier animal que no viva en estado salvaje, causándole lesiones que menoscaen gravamente su salud o sometiéndole a explotación sexual" con la pena de 3 meses y un día a 1 año de cárcel e inhabilitación especial de 1 año y un día a 3 años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y la tenencia de animales".

Las penas podrán agravarse si se hubieran utilizado armas, objetos peligrosos para la vida del animal, hubiera mediado ensañamiento o los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad. En caso de causar la muerte del animal, la sanción podría elevarse hasta los 18 meses de prisión.

El PSOE apoya también el castigo de la explotación sexual de animales, recordando que incluso han surgido negocios que se lucran con el tráfico de animales para ello.

El diputado de ERC, Joan Tardá ha lamentado que los delitos de maltrato animal se hayan quedado "cortos" al no castigar a los organizadores de peleas entre animales, como gallos o perros. El Código Penal sí impondrá multa para quienes maltraten "cruelmente" a animales en espectáculos no autorizados legalmente, aunque no a sus organizadores.

MALTRATO DE ANIMALES

Además, el PP y ERC pactó la pasada semana otra enmienda para poder sancionar el maltrato de animales, y no sólo a los domésticos o amansados, con inhabilitación especial para ejercer la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, según informaron a Europa Press en fuentes parlamentarias.

En el texto que el Gobierno remitió el Congreso preveía que el abandono de animales, en condiciones en que pueda peligrar su vida e integridad, se castigue con una pena de multa económica de uno a seis meses.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana