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  • EDICIÓN DE 18/12/2014
 
 

Universidad de Castilla-La Mancha

18/12/2014
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Resolución de 9 de diciembre de 2014, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se declara inhábil el periodo comprendido entre el 24/12/2014 y el 06/01/2015 (DOCM de 17 de diciembre de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 9 DE DICIEMBRE DE 2014, DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE DECLARA INHÁBIL EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 24/12/2014 Y EL 06/01/2015.

Habiéndose adoptado acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha de fecha 22 de mayo de 2014, así como en el calendario laboral aprobado en la Universidad de Castilla-La Mancha para el año 2014, por el que se cierran todas las instalaciones de la misma desde el día 24 diciembre de 2014 al 6 de Enero de 2015, con objeto de optimizar el uso de las instalaciones y obtener una reducción de la factura energética.

Este rectorado ha resuelto declarar inhábil, a efectos del cómputo de plazos para resolver los procedimientos en el ámbito de la Universidad de Castilla-La Mancha, el periodo comprendido entre el 24 de diciembre de 2014 y el 6 de enero de 2015, ambos inclusive, excepto para la resolución de reclamaciones previas a la vía judicial laboral por despidos.

La presente resolución no afectará, en ningún caso, al cómputo de los plazos para interponer recursos en vía administrativa y reclamaciones previas a la vía jurisdiccional contra actos administrativos de la Universidad de Castilla-La Mancha, ni al cómputo de plazos judiciales.

Considerando que el cierre de las instalaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha afecta también a sus oficinas de Registro, hasta el 6 de enero de 2015, en todas las notificaciones de resoluciones que dicha universidad deba practicar a los interesados en los procedimientos administrativos que se tramitan en la misma, se hará constar expresamente dicha circunstancia, a continuación del pie de recursos, mediante la inserción en dichas notificaciones del párrafo siguiente:

“Permaneciendo cerradas las instalaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha desde el 24 de diciembre de 2014 al 6 de enero de 2015, ambos inclusive, se pone en conocimiento de los interesados en el presente procedimiento que cualquier recurso o reclamación que quieran interponer o presentar contra el acto notificado, entre el 24 de diciembre de 2014 y el 6 de enero de 2015, podrán presentarlo, dirigidos a la Universidad de Castilla-La Mancha, en los siguientes lugares, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

1.- En los Registros de las Subdelegaciones del Gobierno de cualquier provincia, así como en los Registros de cualquier otro órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 Vínculo a legislación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

A los efectos anteriores, se advierte que al no existir convenios suscritos por la Universidad de Castilla-La Mancha con las entidades que integran el resto de las entidades de la Administración Local, a que se hace referencia en el último inciso del apartado anterior, ni con otras universidades, no tendrán los efectos de presentados en plazo los escritos, recursos y reclamaciones que se presenten ante dichas entidades o instituciones. En consecuencia, cualquier recurso o reclamación contra el acto notificado no deberá presentarse, en ningún caso, en los Registros del resto de entidades que integran la Administración Local de acuerdo con el artículo 121 Vínculo a legislación de Ley 7/1985, a que se ha hecho referencia, o en los Registros de otras Universidades.

2.- En las oficinas de Correos, a cuyos efectos los interesados presentarán sus escritos en dichas oficinas, dirigidos a la Universidad de Castilla-La Mancha (c/Altagracia n.º 50, 13071 Ciudad Real), en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión. Estas circunstancias deberán figurar en el resguardo justificativo de su admisión o, preferentemente, previa comparación de su identidad con el original, en la primera página de la copia, fotocopia u otro tipo de reproducción del documento principal que se quiera enviar, que deberá aportarse a la oficina de Correos como forma de recibo, a fin de acreditar, en su caso, ante la Universidad de Castilla-La Mancha la presentación del original en la oficina de Correos. Practicadas dichas diligencias, el propio remitente cerrará el sobre, y el empleado de la oficina de Correos formalizará y entregará el resguardo de admisión, cuya matriz archivará en la oficina. Los envíos aceptados por la oficina de Correos, siguiendo las formalidades indicadas, se considerarán debidamente presentados, a los efectos previstos en el artículo 38 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en su normativa de desarrollo, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, aprobado por el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre Vínculo a legislación (BOE de 31 de diciembre; corrección de errores en BOE de 11 de febrero de 2000).” Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto.

No obstante, se podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

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