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Caso ERE

La juez Alaya rechaza conceder una pensión alimenticia de 3.000 euros mensuales al dueño de Uniter

12/12/2014
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La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ha rechazado la petición planteada por el dueño de Uniter, José González Mata, para que le concediera una pensión alimenticia de 3.000 euros mensuales "con cargo a los fondos de sus empresas Uniter y Cureña" a fin de poder atender "sus necesidades más básicas".

SEVILLA, 11 (EUROPA PRESS)

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada Mercedes Alaya señala que, en síntesis, el abogado de González Mata alega que esa era la cantidad que su cliente percibía antes de que fuera extinguida su relación laboral con ambas empresas, "careciendo de medios económicos con los que atender a sus necesidades más básicas al tener sus cuentas embargadas y las empresas de su propiedad administradas judicialmente".

No obstante, la juez considera que el imputado "no ha alegado en modo alguno la situación de necesidad en la que dice encontrarse, sin que tampoco resulte acreditada la imposibilidad de este imputado para ejercer profesión o trabajo con el que se pueda sustentar por sí mismo, pretendiendo que a través de los administradores judiciales de sus empresas se le asigne nada menos que la cantidad de 3.000 euros mensuales".

La juez, en este sentido, destaca los informes emitidos por la administración judicial de Cureña los días 30 de octubre y 14 de noviembre de 2014, en los cuales "se pone de manifiesto cómo el señor González Mata ya viene utilizando en su exclusivo provecho recursos de Cureña en su condición de inquilino, al ocupar dos viviendas, una primera residencia en su condición de inquilino y la segunda en situación de mero precarista, sin que Cureña reciba compensación alguna".

Al hilo de ello, la magistrada precisa que, en relación a la vivienda ubicada en Jerez de la Frontera (Cádiz), "no consta acreditado que atienda a los gastos de la misma, que por cierto genera sólo en gastos de comunidad la generosa suma de 500 euros mensuales".

RECURSOS ECONÓMICOS SUFICIENTES

"Todos estos datos nos ponen de manifiesto, no solo que el imputado posee recursos económicos de acuerdo con el nivel económico que sigue manteniendo, sin que conste por otro lado que pague mensualmente cantidad alguna por las viviendas que ocupa, sino que además no consta impedimento alguno que le permita ejercer profesión u oficio con el que pueda sufragar sus gastos", asevera la juez.

Además, tal y como pone de manifiesto Cureña en sus informes, "no se reúnen ninguno de los requisitos" para que el imputado "perciba una pensión alimentaria de esta entidad, lo cual obviamente repercutiría en perjuicio de sus acreedores legítimos y de la finalidad que se pretende en este procedimiento con las medidas de aseguramiento de bienes que se han adoptado, teniendo en cuenta la responsabilidad pecuniaria que en su día pudiera declararse en su contra y por la que se le ha impuesto fianza".

Todo ello, además, "no estando previsto por lo demás ninguna clase de remuneración respecto de las entidades de las que resulta ser socio propietario", dice la instructora, que por todo ello rechaza la solicitud realizada por el imputado, a la que también se opuso la Fiscalía Anticorrupción al entender que algunos de los conceptos indicados "no son necesarios".

LA PETICIÓN

El dueño de Uniter, José González Mata, elevó un escrito a la juez en el que acreditaba unos gastos mensuales de 2.072,68 euros, a lo que hay que añadir los gastos en gasolina, teléfono móvil, alimentación, o ropa, por lo que insistía en su petición de que se le concediera una pensión alimenticia de 3.000 euros mensuales a fin de poder atender "sus necesidades más básicas".

El imputado indicaba que, con la documentación entregada por él mismo a la juez, "se acreditan gastos necesarios fijos, y de devengo mensual, por importe de 2.072,68 euros, lo que ya de por sí justifica la petición de alimentos formulada", señalando que "si a tal cantidad se le añaden otros gastos necesarios, para cualquier persona y que, como tales, no precisan de mayor justificación --teléfono móvil, gasolina, prorrateo mensual de seguros de coche y vivienda, alimentación, vestido, etc--, nos encontramos con que la cantidad solicitada no solamente es adecuada, sino incluso escasa".

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