RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5832-2014, CONTRA EL ARTÍCULO 161 DE LA LEY DE LA GENERALITAT VALENCIANA 5/2013, DE 23 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, Y DE ORGANIZACIÓN DE LA GENERALITAT.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 5832-2014, promovido por la Presidenta del Gobierno en funciones contra el artículo 161 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado desde la fecha de interposición del recurso -29 de septiembre de 2014-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, 21 de octubre de 2014.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.