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  • EDICIÓN DE 07/10/2014
 
 

Modificación del Decreto 193/2013, de 20 de diciembre

07/10/2014
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Decreto 159/2014, de 3 de octubre, del Consell, de modificación del Decreto 193/2013, de 20 de diciembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo (DOCV de 6 de octubre de 2014). Texto completo.

DECRETO 159/2014, DE 3 DE OCTUBRE, DEL CONSELL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 193/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APROBÓ EL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO

PREÁMBULO

El espíritu emprendedor tiene un amplio reflejo en el sector de la economía colectiva, cooperativismo y economía social, que se han convertido en un factor de creación de empresas y de empleo muy importante.

Actualmente las cooperativas se presentan como soluciones a los proyectos emprendedores de forma colectiva activando la economía para volver a la senda del crecimiento empresarial y, además, presentan una serie de características que las hacen especialmente apropiadas para proyectos en los que predomina el carácter social, el espíritu comunitario, la implicación de sus miembros o la democracia en su funcionamiento interno.

Como dato, cabe resaltar que en el primer semestre de 2014 se ha creado un 9,21 % más de empleo en este sector que en el mismo período de 2013 y, además, en términos absolutos, el número de cooperativas que se han dado de alta en el último año es de 165, convirtiéndose la Comunitat Valenciana en la Comunidad Autónoma donde más ha crecido el número de cooperativas con un incremento del 6,57 %.

Por otra parte, las entidades de previsión social son cercanas al ámbito de las aseguradoras por lo que tienen más encaje dentro de las competencias de la Dirección General de Economía que en las de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social.

Se propone, en consecuencia, el cambio de denominación de las direcciones generales adscritas a la Secretaría Autonómica de Economía y Empleo, así como de alguna de sus unidades administrativas dependientes y el traspaso entre ellas de las funciones en materia de cooperativismo y economía social, lo que redundará en la consecución de una estructura más racional y eficiente en la ejecución de sus cometidos.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 28 Vínculo a legislación, letra f, y 64 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 3 de octubre de 2014, DECRETO Artículo único. Modificación del Decreto 193/2013, de 20 de diciembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo Se modifica y se da nueva redacción a los artículos siguientes que se insertan como anexo: artículo 2.1, artículo 10.3, artículo 11, artículo 12, artículo 13, artículo 14, artículo 28.6 y artículo 29.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única. Unidades administrativas y dotaciones presupuestarias 1. Las unidades y puestos de trabajo de nivel administrativo continuarán subsistentes y dando el soporte administrativo en relación con aquellos asuntos y expedientes que les correspondan por razón de la materia, sin perjuicio de la competencia para resolver de los órganos a quienes les ha sido atribuida, y su retribución se realizará con cargo a los mismos créditos presupuestarios. Todo ello hasta que se lleven a cabo las modificaciones o actuaciones que procedan en los mismos en el marco de la vigente normativa en materia de función pública para la adecuación de la nueva estructura orgánica, y sin perjuicio de que, posteriormente, sean aprobadas las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la misma. Asimismo, desde el momento de la entrada en vigor del presente Decreto, se podrán producir los cambios de adscripción de unidades administrativas que procedan, de conformidad con la reorganización efectuada.

2. Hasta la entrada en vigor de la Ley Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2015, se seguirá manteniendo a nivel presupuestario la estructura orgánica y funcional existente.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO OMITIDO

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