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TSJIB

El Gobierno balear recurre la suspensión cautelar del decreto de trilingüismo para que se siga aplicando durante este curso

03/10/2014
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El Gobierno balear ha recurrido en reposición los autos con los que la pasada semana el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) acordó suspender de forma cautelar la aplicación del Decreto para el Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL), de modo que éste pueda seguir aplicándose durante este curso 2014/2015.

PALMA DE MALLORCA, 02 (EUROPA PRESS)

En concreto, el TSJIB suspendió la orden aprobada el pasado 9 de mayo por la Conselleria de Educación, cuyo objetivo era desarrollar y fijar el calendario de implantación de la anterior normativa.

Se trata de una decisión que se produjo después de que la máxima instancia judicial de Baleares declarase nulo el Decreto, al justificar que, "sin duda", la efectividad de la decisión de revocar el TIL "quedaría comprometida si entretanto se permite la pervivencia y desarrollo del calendario de aplicación de unos proyectos de tratamiento integrado de lenguas fundamentados en un Decreto declarado nulo".

En las sentencias con las que ha declarado nulo el Decreto del TIL en los centros docentes no universitarios, aprobado en abril de 2013 por el Consell de Govern, la Sala de lo Contencioso-Administrativo alega entre sus argumentos que, con la implantación del trilingüismo, esta norma "altera" el proceso de normalización de la lengua catalana, a la que deja como "un resto significativamente menor".

Y es que uno de los puntos del TIL que mayor polémica ha suscitado en el sector educativo es el que establece que, como objetivo fundamental, se consiga que todos los alumnos alcancen, al finalizar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en las lenguas oficiales y al menos en una extranjera, preferentemente la inglesa.

En este contexto, la Sala recalca cómo la Ley Balear 3/1986, de Normalización Lingüística, proclama entre sus objetivos el de asegurar el conocimiento y el uso progresivo del catalán como lengua vehicular en el ámbito de la enseñanza.

Es más, la norma propugna que en todos los niveles, grados y modalidades de la enseñanza no universitaria deben enseñarse obligatoriamente la lengua y la literatura catalanas, y ello debe ser llevado a cabo de modo que los alumnos "puedan usar normal y correctamente las lenguas catalana y castellana al finalizar el periodo de escolaridad obligatoria".

Tanto es así que, remarca, sería "contrario a los intereses generales" implantar, por medio de la orden del 9 de mayo, de un calendario "al amparo de un Decreto que hemos declarado nulo".

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