Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 15/09/2014
 
 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4912-2014

15/09/2014
Compartir: 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4912-2014, en relación con los artículos 2.1 y 2.2.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal laboral del sector público, por posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución (BOE de 13 de septiembre de 2014). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4912-2014, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 2.1 Y 2.2.2 DEL REAL DECRETO-LEY 20/2012, DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD, EN SU APLICACIÓN AL PERSONAL LABORAL DEL SECTOR PÚBLICO, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 9.3 DE LA CONSTITUCIÓN.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4912-2014 planteada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Alicante, en el procedimiento de conflicto colectivo núm. 1136/2013, en relación con los artículos 2.1 y 2.2.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal laboral del sector público, por posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento de conflicto colectivo núm. 1136/2013, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 9 de septiembre de 2014.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana