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Microrreservas de flora

31/07/2014
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Orden 15/2014, de 14 de julio, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las órdenes de 4 de mayo de 1999, 6 de noviembre de 2000, 22 de octubre de 2002, 24 de octubre de 2003, 17 de julio de 2006, 24 de enero de 2011 y 25 de julio de 2013, de declaración de microrreservas de flora en la provincia de Valencia (DOCV de 30 de julio de 2014). Texto completo.

ORDEN 15/2014, DE 14 DE JULIO, DE LA CONSELLERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS ÓRDENES DE 4 DE MAYO DE 1999, 6 DE NOVIEMBRE DE 2000, 22 DE OCTUBRE DE 2002, 24 DE OCTUBRE DE 2003, 17 DE JULIO DE 2006, 24 DE ENERO DE 2011 Y 25 DE JULIO DE 2013, DE DECLARACIÓN DE MICRORRESERVAS DE FLORA EN LA PROVINCIA DE VALENCIA.

En la provincia de Valencia se han publicado ocho órdenes de declaración de microrreservas de flora, la primera en 1999 y la última en 2013. Durante todo este periodo se ha realizado una corrección de errores, la de la Orden de 6 de noviembre de 2000 (DOCV 5759, 09.05.2008), en la cual se corrigieron las coordenadas de la microrreserva de flora Las Hoyuelas, en el término municipal de Sinarcas.

La revisión del texto de todas las órdenes publicadas hasta ahora ha permitido detectar diferentes errores e incorrecciones que pueden agruparse en las siguientes categorias:

- Incorrección en la asignación del Código Natura 2000 a los hábitats citados en la orden de declaración.

- Incorrección en el texto identificativo de un hábitat.

- Falta del asterisco identificativo de un hábitat prioritario de la Directiva 92/43/CEE Vínculo a legislación.

- Olvido de citar los hábitats presentes en la microrreserva (Altos de Enguera).

- Incorrección en la nomenclatura de las especies citadas.

- Error en la identificación de las especies citadas.

- Cita de una especie que no se encuentra dentro de los límites de la microrreserva de flora.

- Cita de una especie que no debe ser considerada como prioritaria por tratarse de una planta exótica invasora o sin interés botánico.

- Error en la asignación del municipio donde se encuentra la microrreserva de flora.

- Topónimos incorrectos según el Corpus Toponímic Valencià, consultada la página web de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (“http:// www.avl.gva.es/inici.html”).

- Errores en las coordenadas de los vértices de la microrreserva (en un caso sobra un vértice innecesario y en el otro, las coordenadas publicadas corresponden a lecturas defectuosas del GPS).

- Error en el cálculo de la superficie de la microrreserva de flora.

Así pues, vistos estos errores, se hace necesario modificar siete órdenes de declaraciones de microrreservas de flora de la provincia de Valencia.

Durante la tramitación de esta orden se han cumplido los pasos procedimentales establecidos en el artículo 5 Vínculo a legislación del Decreto 218/1994, modificado parcialmente por la disposición final primera del Decreto 70/2009, y todas las microrreservas afectadas cumplen los requisitos exigidos en el artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto 218/1994.

Por todo lo anterior y a propuesta de la Dirección General de Medio Natural, haciendo uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 37 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, modificada por la Ley 12/2001, de 20 de marzo, ORDENO

Artículo único

Se modifican siete órdenes de declaración de microrreservas de flora de la provincia de Valencia conforme se especifica en los siete anexos respectivos de esta orden.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Anexos

Omitidos.

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