RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1424-2014, CONTRA LOS ARTÍCULOS 1; 2.2 B), C) Y D); 5.3; 5.5; 5.6; 5.7; 6.2; 7.2; 8; 12.2; 12.3; 12.4; 13; 14.1 A), B) Y C); 14.2; 15.2 A), B), D), F), G) Y H); 15.3; 17.1; 17.2; 18; 19.2 A) Y C); TÍTULO V, DISPOSICIONES ADICIONAL PRIMERA Y TRANSITORIA PRIMERA DE LA LEY 3/2013, DE 20 DE MAYO, DE IMPULSO Y ORDENACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIONES DE GALICIA.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 22 de julio actual en el recurso de inconstitucionalidad número 1424-2014, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión de los artículos 1; 2.2 b), c) y d); 5.3; 5.5; 5.6; 5.7; 6.2; 7.2; 8; 12.2; 12.3; 12.4; 13; 14.1 a), b) y c); 14.2; 15.2 a), b), d), f), g) y h); 15.3; 17.1; 17.2; 18; 19.2 a) y c); título V, disposiciones adicional primera y transitoria primera de la Ley 3/2013, de 20 de mayo, de impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 89, de 12 de abril de 2014.
Madrid, 22 de julio de 2014.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.