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  • EDICIÓN DE 23/07/2014
 
 

TSJC

El TSJC da la razón a una mujer a la que la Generalitat retiró la RMI "sin justificación"

23/07/2014
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado la razón a una mujer a la que la Generalitat, "sin justificación", dejó de pagar en septiembre de 2011 la Renta Mínima de Inserción (RMI), también conocida como Pirmi, porque supuestamente disponía de ingresos superiores al importe de esta renta que le correspondía.

BARCELONA, 22 (EUROPA PRESS)

En un auto recogido por Europa Press, la sala de lo contencioso administrativo del TSJC recuerda que, solo dos días después de la suspensión, la comisión interdepartamental de la RMI elaboró un informe que constata que los únicos ingresos de la mujer eran la prestación de esta renta.

Un segundo informe, en este caso de Servicio Sociales, constató que no tenía más ingresos que la RMI y una pensión de alimentos de 240 euros tras su divorcio, y que no tenía trabajo, con lo que pidió que se le devolviera "de forma inmediata" esta renta.

Sin embargo, pese a este segundo informe, la Secretaría de Empleo y Relaciones Laborales en octubre desestima el recurso de la demandante y, "lo que es más grave", considera que los 3.463 euros que la mujer tenían en su cuenta eran suficientes para cubrir sus necesidades, desconociéndose desde cuantos meses antes disponía de ese saldo.

El TSJC recuerda que la legislación establece que se suspende la renta si el beneficiario percibe ingresos por importe mensual igual o superior a lo que recibe de la RMI, pero que en este caso no hay pruebas de que existan tales ingresos.

"Es más, la propia administración demandada reconoce la improcedencia de la suspensión, a pesar de lo cual insiste en la legalidad del acto administrativo impugnado", critica el TSJC, que cree que el hecho de que la mujer tenga un saldo medio de unos 3.000 euros en su cuenta corriente nada tiene que ver con la causa de la suspensión.

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