Diario del Derecho. Edición de 16/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/07/2014
 
 

AN

La Audiencia Nacional declara injustificado el cambio de las condiciones laborales en FNAC

22/07/2014
Compartir: 

La Audiencia Nacional ha declarado injustificada la modificación sustancial de las condiciones laborales de la plantilla de FNAC, integrada por unos 2.000 trabajadores en España, y ha condenado a la compañía a reponer a los empleados afectados sus anteriores condiciones de trabajo.

MADRID, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

De esta forma, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, la Audiencia no considera acreditada la previsión de pérdidas presentada por FNAC para imponer el pasado mes de abril una modificación de las condiciones laborales y tacha de imcompletas y poco rigurosas las previsiones de pérdidas ofrecidas por la compañía.

En concreto, la proyección económica de la compañía para este año determinaba una caída media del 5,2% en ventas, un descenso del importe neto de la cifra de negocio del 5% y un retroceso del margen neto, lo que, junto con el incremento de gastos, arroja un resultado negativo de 4,3 millones de euros.

La sala de lo Social reprocha a FNAC que haya presentado sus previsiones de pérdidas basadas en un informe económico que no ha presentado en su totalidad, privando a la justicia del "contenido completo de las previsiones, sus referenciass, criterios y condiciones, ni cuándo fueron elaboradas y sobre qué bases y estudios".

Así, FNAC España debe reponer la financiación al 100% del seguro médico a todos los trabajadores, así como el 100% de los bonos que perciben, entre otros otros, los directores y los responsables de departamento desde el pasado 21 de marzo, fecha en que finalizaba el copago acordado por un año para evitar despidos.

Por lo tanto, una vez que la sentencia sea firme, FNAC deberá reponer la suma de la cantidad (13,09 euros) que los trabajadores han abonando mensualmente en concepto de copago (financiación al 50%) del seguro médico desde el mes de abril de 2014.

De la misma forma, los trabajadores de la firma con derecho a bono lo percibirán al final de año al 100% de su cuantía y no reducido del 40% al 50% tal y como había quedado tras el recorte impuesto por la empresa.

"La justicia nos da la razón a los trabajadores de FNAC en nuestra reclamación de creer injustificados más recortes que los ya muy graves sufridos por los dos últimos convenios colectivos", han señalado en fuentes sindicales, que han afirmado además que la sentencia hace hincapié en que las previsiones de la compañía contradicen sin ningún rigor las elaboradas por el Gobierno sobre la evolución del consumo privado.

LA COMPAÑÍA NO RECURRIRÁ LA SENTENCIA.

Por su parte, desde la compañía han asegurado a Europa Press que acatarán la sentencia de la Audiencia Nacional, porque recurrirla generaría "cierta inestabilidad interna".

No obstante, FNAC considera que las medidas que adoptó en su momento eran las adecuadas para afrontar la situación generalizada de crisis económica, así como el presente y futuro de la compañía "de la mejor manera posible".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El TS anula el arancel de derechos de los procuradores aprobado por el Gobierno por su "insuficiente" análisis económico
  2. Estudios y Comentarios: Lo que enseña la Historia sobre las amnistías: lo volverán a hacer; por Carlos Gómez de la Escalera, Abogado y Profesor universitario
  3. Tribunal Supremo: El TS establece la naturaleza de la relación laboral de una trabajadora con contrato a tiempo parcial objeto de reiteradas ampliaciones de jornada en virtud de las cuales ha prestado servicios el mismo número de horas que los trabajadores a tiempo completo
  4. Actualidad: El TSJA confirma la absolución para el joven que mató en Jaén a su capataz en un tajo de aceituna
  5. Legislación: Estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo
  6. Legislación: Elecciones de diputados y diputadas al Parlamento Europeo
  7. Actualidad: El TS rechaza subir la pena a un condenado por decapitar a un hombre porque no paseó la cabeza para que la viera la familia
  8. Tribunal Constitucional: El Tribunal Constitucional declara que supone una discriminación por razón de sexo la negativa al pago de los salarios de tramitación a una trabajadora que fue despedida estando embarazada y ordena las medidas para la reparación de su Derecho
  9. Actualidad: El TS inadmite la querella del PP contra el Fiscal General al no ver delito en que propusiera a Delgado como fiscal de Sala
  10. Actualidad: El TSJC falla que el Gobierno no justificó lo suficiente los servicios mínimos de la huelga del vertedero de Meruelo

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana