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Con donaciones u otros mecanismos

El juez procesa al empresario Ros y a su mujer por desviar su patrimonio para eludir la responsabilidad civil

15/07/2014
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El titular del juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha procesado al empresario Vicente Ros Bartual, responsable de Notec --empresa de tratamiento de lodos-- y a su mujer Vicenta José Fortuny por desviar su patrimonio para eludir el pago de una posible responsabilidad civil.

VALENCIA, 14 (EUROPA PRESS)

Así consta en un auto, con fecha 11 de julio, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que pone fin a la instrucción de esta pieza separada que investigaba un presunto delito de alzamiento de bienes. Así, mantiene como procesados a Ros y a su mujer, y da 10 días al ministerio fiscal y al resto de acusaciones para soliciten la apertura de juicio o el sobreseimiento de las actuaciones.

La imputación de Ros y su mujer se produjo en base a un informe del ministerio fiscal, que advertía de que ambos podían estar desviando su patrimonio, a través de donaciones y otros mecanismos, con el objeto de eludir el pago de la responsabilidad civil.

El juez, tras estudiar los hechos y tomar declaración a los imputados, ha acordado procesarles al entender que Vicente Ros, planteada la posibilidad de verse inmerso en un proceso penal, asumiendo la posición de imputado y pesando sobre él una posible condena penal y civil, realizó entonces diversos actos de disposición patrimonial que tenían como finalidad eludir el pago de esas responsabilidades derivadas de los delitos investigados.

Así, por ejemplo, según recoge la nueva resolución judicial, el empresario y su esposa donaron en enero de 2011 algunas de las partes sociales que tenían en la empresa Film Torrent S.L. a favor de sus hijos, a razón de 804 para cada uno de ellos. En total, tenía cada uno 1.481 participaciones, cuyo capital ascendía a 179.488,46 euros.

A continuación, en su propio nombre y derecho, hizo una donación pura, simple y gratuitamente a favor de su hijo de 704 participaciones, valoradas en 42.317,44 euros, y a favor de su hija de 329 por valor de 19.776,19 euros. Y en representación de su esposa hizo una donación a favor de su hija de 375 participaciones.

En marzo de ese año, el matrimonio otorgó escritura por la que acordó aportar a la sociedad de gananciales algunos bienes y derechos propiedad de Vicente Ros a título privativo: seis naves industriales valoradas en 800.000 euros; una nave industrial de 110.000 euros; y otra nave de 370.000 euros. Declaraban que el valor total de lo aportado era de 1.280.000 euros.

Seguidamente otorgaron escritura de capitulaciones matrimoniales estipulando que el régimen económico de su matrimonio sería, a partir del otorgamiento de escritura, de separación de bienes.

MÁS DONACIONES

En abril, la pareja compareció de nuevo ante notario y donó, simple y gratuitamente, a sus hijos varios bienes. Más tarde hicieron una liquidación de gananciales tras extinguir la sociedad pactando la separación de bienes: 1.739.510,79 euros para él a través de inmuebles, planes de pensiones y participaciones sociales; y la misma cantidad a su mujer.

En enero de 2012, el juez acordó que Vicente Ros, imputado en la pieza principal de la causa, prestara fianza de 2.700.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse procedentes. Atendiendo a su patrimonio se le embargó una plaza de garaje, un trastero y una finca urbana de Aldaia (Valencia). También se le retuvo cuentas y se anotó embargo preventivo de varias fincas y de sus participaciones en Inversiones Prostar y Notec.

No obstante, no se pudo anotar el embargo preventivo de un 5 por ciento de una finca rústica porque constaba inscrita a favor de su mujer; ni los rendimientos derivados del arrendamiento de otros inmuebles por el mismo motivo.

Así, el juez considera que existen indicios racionales de que Vicente Ros es presuntamente autor de un delito de alzamiento de bienes para eludir responsabilidades y que su mujer, con su conducta, habría colaborado de forma necesaria e imprescindible en la realización de estos hechos.

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