Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 11/07/2014
 
 

En el caso de despido

El Supremo considera inválidos los pactos que excluyen la indemnización en contratos de alta dirección

11/07/2014
Compartir: 

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado no válidos los pactos incluidos en contratos de alta dirección que excluyen por completo la indemnización en caso de ceses por decisión unilateral de la empresa.

MADRID, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

Según el Alto Tribunal, la norma no permite un pacto cuyo contenido no se limita a fijar una cuantía diferente de la señalada legalmente con carácter subsidiario en defecto de pacto, sino que elimina totalmente la indemnización.

Así, el Supremo entiende que, al permitir el libre desistimiento empresarial sin indemnización alguna, se deja el contrato "al arbitrio de uno de los contratantes".

El Supremo ha dictado esta sentencia a raíz de un recurso de casación interpuesto por un gerente de la Sociedad de Gestión de Intereses de la Universidad de Santiago de Compostela, que fue cesado por la entidad y cuya demanda fue sucesivamente desestimada por un Juzgado de lo Social y por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

El Tribunal ha estimado el recurso de casación presentado por el trabajador y le ha reconocido una indemnización de siete días de salario por año de antigüedad, que es la cantidad establecida legalmente en defecto de pacto.

La sentencia cuenta con el voto particular de tres magistrados, que alegan que en la relación laboral especial de alta dirección, a diferencia de otras relaciones laborales especiales, la autonomía de la voluntad de las partes contratantes tiene un margen más amplio y no es aplicable la irrenunciabilidad de derechos del artículo 3.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana