BARCELONA, 3 Jul. (EUROPA PRESS) -
En un fallo de 27 páginas recogido por Europa Press, el TC recuerda que "la competencia autonómica en materia de evaluación y garantía de calidad del personal e investigador se configura como una competencia compartida entre el Estado y la Comunidad Autónoma".
Esto implica, según el TC, que "se produce una coexistencia entre el Estado y la Comunidad Autónoma en el ejercicio de las funciones de evaluación y acreditación del profesorado contratado".
El TC dice que la existencia de un sistema universitario nacional, donde el Estado actúa como garante de la calidad de la enseñanza universitaria, justifica la existencia de mecanismos de interconexión universitaria.
Entre estos mecanismos, la fijación de un estándar común de competencia profesional para el profesorado contratado contribuye "a objetivar la idoneidad y capacitación de este profesorado y garantice la igualdad de competencias profesionales en todo el territorio", añade el TC.
MOVILIDAD DE PROFESORES
"La selección de este profesorado de forma homogénea y en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional viene, además, a permitir el reconocimiento del derecho a movilidad de estos profesionales, haciendo factible el ejercicio de su actividad en condiciones de igualdad en cualquiera de las universidades españolas", dice el TC.
La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) es una fundación estatal que tiene como objetivo contribuir a la mejora de la calidad del sistema de educación superior mediante la evaluación, certificación y acreditación de enseñanzas, profesorado e instituciones, según anuncian en su página web.