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El TS celebra el 23 de julio un pleno para estudiar el alcance de la justicia universal en la aprehensión de narcobarcos

30/06/2014
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo celebrará el próximo 23 de julio un pleno para estudiar el alcance de la reforma de la justicia universal en la aprehensión de 'narcobarcos', según informaron fuentes del alto tribunal.

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

Los magistrados analizarán la competencia de los tribunales españoles para perseguir los delitos de narcotráfico en aguas internacionales contra extranjeros cuando no haya constancia de que la droga tenga como destino España.

La Sala Segunda estudiará en concreto el recurso de la Fiscalía Antidroga contra la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, adoptada en Pleno el pasado 28 de abril por trece votos a tres, acordando la excarcelación de trece marineros egipcios que estaban en prisión a la espera de comparecer en juicio por un alijo de hachís de 16.000 kilos intervenido en el mar de Alborán. La Fiscalía pedía seis años y dos meses de cárcel.

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado, por 13 votos a favor y tres en contra, la excarcelación de 13 presuntos narcos que se encuentran en prisión a la espera de juicio tras ser arrestados en aguas internacionales en un barco sin pabellón español que transportaban droga, han informado fuentes jurídicas.

La Audiencia Nacional decidió en abril por mayoría que, tras la reforma de la justicia universal, España no puede perseguir el delito de narcotráfico cuanto éste sea cometido por personas extranjeras, detenidas en aguas internacionales y que naveguen en barcos de pabellón no español. Debe quedar, además, acreditado que el destino de la mercancía no es España, han agregado las mismas fuentes.

La reciente reforma de la justicia universal establece que los tribunales españoles sólo tendrán jurisdicción para investigar la comisión del delito de tráfico de estupefacientes por mar cuando el procedimiento se dirija contra un español, el barco lleve pabellón nacional o cuando existan indicios de que un grupo criminal quiere cometerlo en España.

TRES MAGISTRADOS EN CONTRA

La decisión de la Audiencia Nacional contó con la oposición del presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande Marlaska, la presidenta de la Sección Segunda, Concepción Espejel, y el magistrado Ángel Hurtado. La decisión suponía la inmediata puesta en libertad de 13 marroquíes que viajaban en un barco sin pabellón interceptado el 31 de mayo de 2013 en el Mar de Alborán con 16 toneladas de hachís a bordo.

Marlaska, Espejel y Hurtado defendían que la justicia española es competente para perseguir estos delitos en función del artículo 23.4 d de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), incorporado en la nueva reforma, que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 14 de marzo.

Este precepto establece que los tribunales españoles podrán perseguir los "delitos de piratería, terrorismo, tráfico ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, trata de seres humanos, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y delitos contra la seguridad de la navegación marítima que se cometan en los espacios marinos, en los supuestos previstos en los tratados ratificados por España o en actos normativos de una Organización Internacional de la que España sea parte".

La Fiscalía Antidroga recurrió las excarcelaciones y defendió la competencia de los tribunales españoles para juzgar a los marineros arrestados en aplicación de la Convención de Viena contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes.

El Ministerio Público indicaba que, en su artículo 17, este texto establece "la necesaria cooperación entre los Estados firmantes para eliminar el tráfico ilícito por mar" lo que, en su opinión, obligaría a España a juzgarles.

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