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  • EDICIÓN DE 18/06/2014
 
 

Comité de Seguridad de la Información del Servicio Canario de la Salud

18/06/2014
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Orden de 4 de junio de 2014, por la que se modifica la Orden de 20 de abril de 2010, que crea el Comité de Seguridad de la Información del Servicio Canario de la Salud (BOC de 17 de junio de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 4 DE JUNIO DE 2014, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE ABRIL DE 2010, QUE CREA EL COMITÉ DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

Para dar cumplimiento a los requerimientos de preservación y protección de la información sobre datos de carácter personal que se ha de aplicar en la utilización de medios electrónicos, según consta en la Ley 11/2007 Vínculo a legislación, de acceso de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se crea el Comité de Seguridad de la Información del Servicio Canario de la Salud, por Orden de 20 de abril de 2010, como comisión de trabajo, que coordina las actividades y controles de seguridad, colaborando con la Secretaría General en materia de seguridad de la información, a la vez que vela por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos y seguridad.

Mediante Orden de Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 31 de julio de 2013 se establece el marco común y las directrices básicas de la política de seguridad de la información en el ámbito de la Administración Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, regulando los Comités para la Gestión y Coordinación de la Seguridad de la Información. Esta Orden contempla las funciones que, como mínimo, deben atribuirse a dichos comités (artículo 10.3), así como la composición mínima que deben tener (artículo 10.2), discrepando en ambos casos, así como en cuanto a la denominación del órgano colegiado de lo dispuesto en la Orden de la Consejera de Sanidad de 20 de abril de 2010.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Modificación de la Orden de 20 de abril Vínculo a legislación de 2010, por la que se crea el Comité de Seguridad de la Información del Servicio Canario de la Salud.

1.- Se modifica el título de la Orden de 20 de abril de 2010, que queda redactado en los siguientes términos:

"Orden de 20 de abril Vínculo a legislación de 2010, por la que se crea el Comité para la Gestión y Coordinación de la Seguridad de la Información del Servicio Canario de la Salud".

2.- Se modifica el apartado 1 del artículo 3 de la Orden, quedando redactado en los siguientes términos:

"Corresponden al Comité las siguientes funciones en materia de seguridad de la información:

a) Elaborar los borradores de modificación y actualización de la PSI.

b) Analizar los riesgos e impulsar su evaluación.

c) Impulsar la actualización de los criterios y directrices sobre seguridad de la información.

d) Impulsar medidas para mejorar y reforzar los sistemas de seguridad y control.

e) Impulsar el cumplimiento y difusión de la PSI, promoviendo las actividades de concienciación y formación en materia de seguridad para el personal del departamento, entidad de derecho público u organismo autónomo.

f) Elaborar los borradores de directrices y normas de seguridad generales para todo el departamento, entidad de derecho público u organismo autónomo que deberá cumplir el marco normativo indicado en el artículo 18 Vínculo a legislación de la Orden de 31 de julio de 2013.

g) Elaborar la normativa de seguridad de segundo nivel, que según el artículo 18 Vínculo a legislación de la Orden de 31 de julio de 2013, se corresponde con las políticas específicas de seguridad y con las Normas de Seguridad TIC (en adelante, Normas STIC), de obligado cumplimiento.

h) Coordinar las decisiones y actuaciones de los diferentes Responsables de Seguridad, asesorando la resolución de los posibles conflictos entre los mismos bajo el criterio de garantizar la seguridad de las infraestructuras tecnológicas compartidas.

i) Impulsar los proyectos para la adecuación al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.

j) Compartir experiencias de éxito en materia de seguridad entre sus miembros para velar por el cumplimiento de la PSI y su normativa de desarrollo".

3.- Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 4 de la Orden, quedando redactados en los siguientes términos:

"1. El Comité estará integrado por las personas titulares de los siguientes órganos:

a) La Secretaría General del Servicio Canario de la Salud, que ostentará la presidencia. En caso de ausencia, ostentará la presidencia la persona titular de la Dirección General de Programas Asistenciales.

b) Las direcciones de área de las islas capitalinas.

c) Las direcciones Generales del Servicio Canario de la Salud, de las Gerencias de Atención Primaria y de Servicios Sanitarios y las Direcciones Gerencia de los Hospitales.

d) La persona designada como Responsable de Seguridad Delegado en el ámbito de la Secretaría General.

2. La Secretaría del Comité será desempeñada por un funcionario adscrito a la Secretaría General, que actuará con voz y sin voto."

Disposición adicional única.

Todas las referencias al Comité de Seguridad de la Información contenidas en la Orden de 20 de abril de 2010, se entenderán efectuadas al Comité para la Gestión y Coordinación de la Seguridad de la Información.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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