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XXX Muestra de Arte Joven

16/06/2014
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Orden 1/2014, de 29 de mayo, de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se anuncia la convocatoria de la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014 (BOR de 13 de junio de 2014) Texto completo.

ORDEN 1/2014, DE 29 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA, POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA DE LA XXX MUESTRA DE ARTE JOVEN EN LA RIOJA 2014

La Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja, indica que la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja fomentará las iniciativas culturales juveniles, con especial protección al genio cultural de las jóvenes y los jóvenes creadores riojanos y su promoción artística, encuadrando como actividad juvenil aquellas acciones que tengan por objeto el fomento de la creatividad de la juventud y encomendando al Instituto Riojano de la Juventud la organización de tales actividades.

Actualmente el ejercicio de dichas funciones corresponde a la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud de la Consejería de Presidencia y Justicia, Consejería a la que se le asignan las competencias en materia juvenil por el Decreto 27/2012, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Justicia y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La organización de la Muestra se lleva a cabo a través de la Consejería de Presidencia y Justicia con la colaboración de la Escuela Superior de Diseño de La Rioja, el Museo Würth de La Rioja, la Casa de la Imagen de Logroño y las Corporaciones Locales de La Rioja.

En dicho marco, la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, atendiendo al interés creciente, al aspecto formativo de la faceta cultural y a la buena acogida de ediciones anteriores promueve la convocatoria de la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014 abriendo la participación a artistas españoles de otras Comunidades Autónomas y extranjeros domiciliados en España, que podrán presentar sus obras a la misma.

Esta Muestra pretende fomentar y apoyar la profesionalización de los jóvenes creadores promoviendo la innovación y la excelencia en las prácticas artísticas contemporáneas. En apoyo de dicha profesionalización la Muerta posibilita también, y en este caso los destinatarios son los jóvenes artistas riojanos, la presentación de un proyecto concreto de desarrollo artístico.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 27/2012, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Justicia y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de la Presidencia y Justicia, en uso de las facultades conferidas,

Dispone

Artículo 1.- Objeto.

La presente Orden tiene por objeto proceder a la convocatoria la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014, actividad juvenil organizada por la Consejería de Presidencia y Justicia en aras a fomentar las prácticas artísticas contemporáneas y de diseño, regulando las condiciones de participación en la misma así como la organización de la selección y exposición de las obras y proyectos de desarrollo artístico presentados dentro de un régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 2.- Participantes.

1.Podrán concurrir a la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014 artistas españoles así como extranjeros domiciliados en España cuyo año de nacimiento esté comprendido entre 1979 y 1995, ambos inclusive. La presentación de los proyectos de desarrollo artístico que se recogen en el artículo 8 de esta Orden sólo podrá realizarse por jóvenes nacidos o residentes en la Rioja.

2. La residencia en España de los jóvenes extranjeros deberá acreditarse a través de la tarjeta de identidad del extranjero, el certificado de registro de ciudadanía europea europeo u otro tipo de documentación acreditativa de autorización de residencia y domicilio en España (visado/matrícula de estudios...) conforme a la normativa vigente en materia de extranjería.

3. Para la presentación de los proyectos recogidos en el artículo 8 de esta Orden, la residencia en la Rioja se acreditará mediante volante de empadronamiento. Este requisito no será exigible para aquellos jóvenes que cursen estudios en la Universidad de la Rioja u otras enseñanzas del sistema educativo nacional comprendidas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos o privados de esta Comunidad Autónoma, los cuales deberán presentar la matrícula en el curso educativo correspondiente.

Artículo 3.- Condiciones a reunir por las obras presentadas.

1. Cada autor podrá presentar un máximo de tres obras, originales, y que no hayan sido premiadas en ningún otro certamen. El tema y las técnicas serán libres. Las obras se presentarán sin firmar, quedando excluidas las copias. En las mismas no deben figurar ni logos ni colaboradores.

2. Las obras no deberán exceder en más de dos metros en su máxima dimensión por pieza o componente de la obra, ni superar los 50 kilos de peso ni los dos metros de altura en la totalidad de la obra. Deben ser consistentes por motivo de traslado y exposición. En caso de ser seleccionada para la exposición, su autor aportará todo el material necesario, incluidos equipos de reproducción y emisión necesarios y se hará responsable de su montaje o delegará por escrito en la organización. Las obras con características específicas de montaje, adjuntarán bocetos o material fotográfico descriptivo.

3. Las obras consistentes en proyectos de diseño, una vez seleccionadas, se presentarán en formato impreso de 50 x 70 cm. sobre soporte rígido. Se podrá presentar material adicional que ayude a la comprensión de los proyectos, por ejemplo, maquetas, prototipos, muestrarios, etc.

2. Las obras que no reúnan las condiciones exigidas en los párrafos anteriores no serán aceptadas.

Artículo 4.- Procedimiento de participación y selección de obras.

1. Los jóvenes interesados en participar en la presente Muestra deberán, desde la entrada en vigor de la presente Orden hasta el 11 de septiembre de 2014, remitir a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected]

a) Datos identificativos del participante: Título de la obra, edad, nacionalidad, domicilio, teléfono y correo electrónico.

b) Datos identificativos de las obras: Tres fotografías de la obra que pueden ir acompañada de un breve resumen sobre aspectos técnicos u de otra índole que quiera destacar el autor sobre la misma, y en caso de ser un proyecto, memoria explicativa adjuntado material fotográfico o audiovisual, siempre en formato estándar de reproducción (avi, mpg, dvd, vob).

Se remitirá acuse de recibo de la recepción de dicho correo a todo participante.

2. Concluido dicho plazo se abrirá una fase de selección de obra por lo vocales del jurado, cuya composición se regula en el artículo 5 de esta Orden y en base a los criterios de valoración indicados en el apartado 3 de dicho artículo, a los que la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud facilitará únicamente los datos técnicos y fotografías de las obras, quedando los datos identificativos de los autores bajo la custodia del Servicio de Acción Juvenil de dicho órgano administrativo, siendo dicho Servicio quien llevará a cabo la Instrucción de la presente convocatoria.

3. El día 18 de septiembre de 2014 se dará a conocer los títulos de las obras seleccionadas por los citados vocales, selección que se hará pública en la página web www.irj.es.

4. Los participantes cuya obras hayan sido seleccionadas deberán presentarlas en la Sala de Exposiciones de la Escuela Superior de Diseño de La Rioja, (Avenida de La Paz, n.º 9 de Logroño, entrada por el Paseo de Dax) los días 3 y 4 de octubre de 2014 en horario de 18 a 21 horas y el día 5 de octubre de 12 a 14 horas. No se admitirá la presentación de obras en lugar y fechas distintas de las indicadas.

5. Las obras llevarán adheridas al dorso o en su base una etiqueta con el título. Se acompañará un sobre cerrado con el mismo título, dentro del cual se incluirá un escrito que reunirá los siguientes datos: el título de la obra, nombre y apellidos del autor, n.º de dni en caso de ser español, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono, e-mail. Además se hará constar las características técnicas, materiales, soportes, dimensiones o duración a efectos de la identificación de la pieza en la exposición.

La presentación del sobre cerrado, por parte del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2009, apartados 3 y 4, conllevará la autorización a la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud para, una vez se proceda a su apertura, recabar los datos relativos al Documento Nacional de Identidad mediante el sistema de transmisión de datos de la Administración General del Estado a través de la Red de Comunicaciones de las Administraciones Públicas Españolas (sistema SVDI).

Los autores extranjeros deberán incluir en dicho sobre cerrado copia del documento que, entre los enumerados en el artículo 2.2 de esta Orden, acredite su residencia en España así como documentación que acredite su fecha de nacimiento.

En caso de que la obra se presente mediante representante o intermediario se requerirá autorización escrita del autor en la que dé su consentimiento, aceptando participar en la Muestra de Arte Joven en La Rioja.

6. En el caso de que la obra se presente mediante agencia de transporte, lo será por cuenta y riesgo de su autor, a portes pagados y con embalaje reutilizable o suficientemente sólido para que, en su posterior devolución se asegure su integridad. La organización no se responsabiliza del deterioro de las obras por embalaje inadecuado.

Artículo 5.- Jurado.

1. Se constituirá un Jurado como órgano competente para la selección de las obras que formarán parte de la Muestra y de los galardones previstos en el artículo 6 de esta Orden.

2. Dicho Jurado estará compuesto por los siguientes miembros:

a) Presidente: El Director General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud.

b) Vocales:

El Director de la Escuela Superior de Diseño de La Rioja.

El Director de la Casa de la Imagen de Logroño.

La Directora del Museo Würth de la Rioja.

El resto de vocales, en un número máximo de cuatro, serán nombrados por el Director General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, entre formadores y profesionales de reconocida trayectoria artística.

c) Secretario: Un funcionario de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, que actuará con voz, pero sin voto, nombrado por el Director General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud.

3. La selección de obras y galardones se efectuará en la siguiente forma:

Los vocales acordarán la selección de las obras que hayan de formar parte de la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014 y los galardones que hayan de ser otorgados, de acuerdo con criterios de valoración tales como la originalidad, creatividad, innovación, composición estética y calidad de la obra presentada. Estos criterios serán valorados con una puntuación de entre 0 a 10 puntos cada uno de ellos.

Dichas propuestas serán recogidas mediante Acta del Secretario del Jurado para su visto bueno por el Presidente del Jurado que, confirmará y elevará propuesta de Resolución motivada al Consejero de Presidencia y Justicia para que proceda a la concesión de los galardones.

Dicha resolución se dará a conocer a los interesados en un plazo no superior a tres meses en el acto de entrega previsto en el artículo 6.1

Cuando, a juicio del Jurado, el nivel de las obras no alcance un nivel de calidad adecuado, podrá declarar desierta la concesión total o parcial de los galardones establecidos y determinar los accésit en los términos que se recogen en el artículo 6 de la Orden.

Artículo 6.- Galardones.

1. El titular de la Consejería competente en materia de juventud convocará al efecto un acto en el que se procederá a la entrega de forma pública y notoria de los galardones de esta XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014.

2. Los galardones serán los siguientes:

Primero: 4.500 euros y diploma.

Segundo: 2.600 euros y diploma.

Tercero: 1.500 euros y diploma.

3. Cuando el Jurado de la Muestra decida que los galardones declarados desiertos puedan ser distribuidos en uno o varios accésit, dicha distribución no podrá superar el 70% del importe del correspondiente galardón.

4. La organización de la Muestra de Arte Joven se reserva la facultad de determinar, entre las obras galardonadas, aquellas que deban quedar en propiedad de la organización al objeto de ir conformando un fondo de obras de arte contemporáneo de jóvenes artistas para ser conservado y expuesto.

Tanto los autores galardonados como los seleccionados, autorizan a la organización a reproducir sus obras en cualquier tipo de catálogo, cartel, libro, folleto o publicación, siempre que éste no se edite con ánimo de lucro y se mencione de forma expresa al autor. Igualmente los autores responden de la autoría y originalidad de las obras presentadas, entendiéndose que el participante está en posesión de los derechos de autor e imagen, quedando la organización eximida de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse como consecuencia de acciones como reclamaciones o conflictos de terceros.

5. La concesión de estos galardones, al tratarse de obras originales, es incompatible con la percepción de otro premio o ayuda por las mismas con anterioridad a su concesión. Una vez concedidos, y siempre que no se ejerza por el Gobierno de La Rioja la facultad indicada en el apartado 4 de este artículo, podrá el autor presentar la obra a otros certámenes o concursos.

Artículo 7.- Muestra.

1. Las obras seleccionadas por el Jurado integrarán la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014, ubicada en la Sala de Exposiciones de la Escuela Superior de Diseño de La Rioja, (Avenida de La Paz, n.º 9 de Logroño, entrada por el Paseo de Dax), cuya inauguración tendrá lugar el día 24 de octubre, finalizando el 10 de noviembre de 2014.

2. La Consejería de Presidencia y Justicia, como organizadora de la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014, tendrá especial cuidado de las obras en las fechas indicadas en el párrafo primero del presente artículo y en la Muestra Itinerante 2015, no haciéndose responsable del deterioro que pudiesen sufrir por las condiciones o materiales con que hayan sido presentadas.

3. Las obras de los autores galardonados, así como las obras seleccionadas, de forma preceptiva participarán en la Muestra Itinerante que se llevará a cabo durante el año 2015, por diferentes localidades de La Rioja y otras Comunidades Autónomas. El calendario de exposiciones se pondrá en conocimiento de los autores.

4. Una vez finalizada la Muestra itinerante, se procederá a la devolución de las obras a los participantes de la siguiente forma:

La organización contactará con los autores para que de forma presencial recojan su obra. En el caso de se deba proceder a la devolución de la obra mediante agencia de transporte, lo será por cuenta y riesgo de su autor, a portes pagados.

Los autores cuyas obras no sean retiradas no podrán concurrir a próximas convocatorias de esta Muestra de Arte Joven.

Artículo 8.- Apoyo a la profesionalización de jóvenes artistas riojanos.

1. En el marco de la XXX Muestra de Arte Joven, al objeto de promover la profesionalización de jóvenes artistas riojanos se establecen tres galardones para proyectos de desarrollo artístico (dos para prácticas artísticas y uno para diseño) que serán seleccionados por los vocales natos del Jurado de la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja, de conformidad con los criterios ya mencionados en el artículo 5 de esta Orden al que hay que añadir su viabilidad o posibilidad efectiva de acometer su desarrollo. Los proyectos seleccionados serán objeto de tutorización por parte de uno de los miembros del Jurado que orientará y coordinará el mismo con el fin de posibilitar su ejecución y desarrollo.

2. Como se ha indicado en el artículo 2.1 de esta Orden podrán optar a tales galardones todos los jóvenes nacidos o residentes en La Rioja, cuyo año de nacimiento esté comprendido entre 1979 y 1995, ambos inclusive. Cabrá presentar proyectos artísticos que contengan las fases de producción y exposición de la obra.

Todo proyecto deberá contener un cronograma de las diferentes fases del mismo detallando el periodo temporal y tareas a realizar, además del título del proyecto, nombre y apellidos del autor, n.º dni, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono, e-mail y currículo artístico, debiendo presentar la documentación indicada en el articulo 2.3 de esta Orden respecto a la acreditación de la residencia en la Rioja.

3. El plazo de presentación de los proyectos finalizará el 4 de septiembre de 2014. Su presentación podrá realizarse de las siguientes maneras:

- De manera presencial en la sede de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud sito en la calle Muro de la Mata 8 de Logroño en horario en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

- A través de la Oficina General de Registro de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud sito en la c/Muro de la Mata 8 de Logroño, en la Oficina General de Registro de la Administración General de Comunidad Autónoma de la Rioja sito en la calle Capitán Cortes n.º 1 de Logroño y por cualquiera de los demás medios previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.

- A través del Registro Electrónico del Gobierno de La Rioja sito en la oficina virtual de la página web del Gobierno de la Rioja: www.larioja.org

4. Solo se podrá presentar un proyecto por participante. Los proyectos que no reúnan las condiciones técnicas y de presentación exigidas en este artículo no serán aceptados.

5. Los Proyectos seleccionados se incluirán en el acta mencionada en el artículo 5.3 de esta Orden. El jurado podrá conceder los tres galardones previstos o limitar su concesión a uno o dos galardones e incluso declarar desierta tal concesión cuando el nivel de los proyectos presentados no responda a criterios de calidad adecuados y suficientes.

6. Estos galardones tendrán una dotación económica de 3.000 euros cada uno siendo incompatible su percepción con ningún otro tipo de ayuda, subvención, percepción o ingreso para la misma finalidad. La entrega de los mismos se realizará en el mismo acto en que se entreguen el resto de galardones de la XXX Muestra de Arte Joven.

Artículo 9.- Recursos económicos.

1. La Consejería de Presidencia y Justicia, a través de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, sufragará el importe de los premios establecidos y proyectos seleccionados que suma una cuantía total de 17.600 euros a través de su presupuesto, concretamente a través de la partida presupuestaria 2014.14.04.4561.480.00 de su presupuesto de gastos para el año 2014.

La Consejería de Presidencia y Justicia llevará a cabo los convenios de colaboración que puedan establecerse con las Corporaciones Locales, al objeto de promocionar la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014 en las diferentes localidades de La Rioja.

2. Todos los galardones quedarán sometidos, en su caso, a la correspondiente retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 10.- Difusión de la convocatoria.

1. Se llevará a cabo una presentación pública de la convocatoria de la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014, al objeto de que la misma tenga la mayor difusión entre los medios de comunicación.

2. La Consejería de Presidencia y Justicia, a través de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, adoptará las medidas oportunas para el mejor desarrollo de esta actividad.

3. El solicitante, al presentar su obra o proyecto, cede todos los derechos de reproducción de los mismos en los medios de comunicación propios del Gobierno de La Rioja en el ámbito de sus competencias.

La Consejería de Presidencia y Justicia, a través de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, podrá confeccionar un catálogo con las obras expuestas, que agrupará a los jóvenes participantes más destacados en la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014.

Disposición final primera. Aceptación de las condiciones de la convocatoria

El hecho de concurrir a la presente convocatoria de la XXX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2014, implica la total aceptación de las condiciones reguladas en la presente Orden.

Disposición final segunda. Régimen supletorio

Los galardones a que se refiere la presente Orden, además de lo previsto por la misma, se regirán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Disposición final tercera. Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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