Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 06/06/2014
 
 

AN

El juez Pedraz considera que Don Juan Carlos sigue siendo inviolable hasta que las Cortes aprueben la ley de abdicación

06/06/2014
Compartir: 

El abogado que se querelló contra el Rey por el 23-F recurre esta decisión ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional

MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz considera que el Rey don Juan Carlos sigue siendo inviolable hasta que las Cortes Generales aprueben la ley orgánica que regule su abdicación de la Corona y, por ello, su situación "institucional y procesal" sigue manteniéndose igual.

Así lo expone el magistrado en una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que rechaza la ampliación de la querella que interpuso el partido Soberanía contra Don Juan Carlos, el ex presidente del Gobierno Felipe González, el exdiputado socialista Enrique Múgica y del antiguo político del PCE Ramón Tamames en la denominada 'trama civil' del 23-F.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 reproduce los argumentos que esgrimió para rechazar en un primer momento esta acción judicial, entre los que citaba la inexistencia de indicios delictivosy la prescripción del delito de rebelión que se atribuía.

"En lo que se refiere a la inviolabilidad de la figura del Rey, hasta que las Cortes Generales no aprueben la Ley Orgánica que regule la abdicación del Rey Juan Carlos I, su situación institucional y procesal no se ha modificado", añade.

El abogado querellante José Luis Mazón ha recurrido esta decisión ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y ha adjuntado el facsímil en el que Don Juan Carlos comunicaba su decisión de abdicar de la Corona. Añade que la inmunidad de los actos del Rey no alcanza a la "presunta colaboración" en esta trama y se sustenta en el libro de la escritora Pilar Urbano 'La gran desmemoria'.

RECHAZO DE LA QUERELLA

El magistrado Santiago Pedraz rechazó a principios de mayo esta querella al negar que los hechos recogidos en el libro fueran constitutivos de un delito de rebelión y recordó que la figura del Rey es "inviolable y no está sujeta a responsabilidad". Apuntó que la Constitución "prohíbe inexcusablemente que pueda ser llamado por un juez, ni para declarar ni para ser juzgado".

En relación con el exjefe del Ejecutivo, su auto señaló que "no se aprecia ningún elemento objetivo ni subjetivo en los hechos juzgados que permitan inferir su participación" en la trama golpista, a lo que añadió "la prescripción del delito a una presunta responsabilidad en el conocimiento de los hechos que se le pretende atribuir".

La Fiscalía pidió el rechazo "de plano" de la querella destacando su "inconsistencia y falta de entidad jurídica" así como el hecho de que el 23-F fue juzgado y que los supuestos delitos que se pretenden ahora investigar estarían prescritos al haber transcurrido "más de 20 años desde que acaecieron".

La querella sostenía, a partir de lo publicado por Pilar Urbano, que el juicio del 23-F fue "cerrado en falso" y constituyó "una gran estafa al conjunto del pueblo español", ya que existió una trama civil "desapercibida" e "impune" que estaba formada por "personajes muy importantes del régimen bipartidista".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana