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Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2020

12/05/2014
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Acuerdo de 25 de marzo de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2020 (BOJA de 9 de mayo de 2014). Texto completo.

ACUERDO DE 25 DE MARZO DE 2014, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA FORMULACIÓN DE LA ESTRATEGIA ANDALUZA DE DESARROLLO SOSTENIBLE 2020.

Para promover la real y efectiva libertad e igualdad del individuo y de los grupos en que se integra, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo Vínculo a legislación, establece en el artículo 10, entre los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, el aprovechamiento y la potenciación de los recursos naturales y económicos de Andalucía bajo el principio de sostenibilidad, el impulso del conocimiento y del capital humano, la mejora de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, la cohesión social, y la participación ciudadana en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas.

Y entre los derechos y deberes enunciados en el Capítulo II del Título I del Estatuto, el artículo 28 dispone que todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable, así como a disfrutar de los recursos naturales, del entorno y el paisaje en condiciones de igualdad, debiendo hacer un uso responsable del mismo para evitar su deterioro y conservarlo para las generaciones futuras.

Estas disposiciones del Estatuto coinciden con planteamientos y conceptos de diferentes tratados internacionales que España ha suscrito, en los que se conviene que el compromiso intergeneracional en la conservación de la naturaleza debe ser una máxima del desarrollo económico y que los procesos económicos, sociales y ambientales están interrelacionados y son interdependientes. Desde la Cumbre de Naciones Unidas de Estocolmo de 1972, la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de Río 92 y sus programas para el desarrollo sostenible en el siglo XXI (Programa 21 y Agenda 21) y la Cumbre de Río +20, celebrada en 2012, se ha ido consolidando la acepción formal del desarrollo sostenible y se han ido elaborando documentos estratégicos de ámbito comunitario, nacional y regional que trasladan y adaptan a las diferentes escalas las propuestas contenidas en estas declaraciones y convenios.

De esta forma, el Consejo Europeo de Gotemburgo aprobó en el año 2001 la Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Unión Europea (revisada en 2006), e invitó a los Estados miembros a que elaborasen sus propias estrategias nacionales y regionales. Esta Estrategia Europea señala la responsabilidad de los gobernantes en la creación de las condiciones adecuadas y anima a la ciudadanía y al empresariado a integrar las consideraciones medioambientales y sociales en todas sus actividades, bajo la premisa de que las políticas de desarrollo sostenible crearán situaciones ventajosas para la economía y la creación de empleo.

Prácticamente todos los Estados miembros han elaborado sus propias estrategias nacionales de desarrollo sostenible. La Estrategia Española se aprobó en noviembre de 2007 y en consonancia con las pautas adoptadas por el grupo de países del G20 y con las decisiones de la UE, tiene como objeto introducir reformas estructurales que favorezcan un desarrollo económico sostenible. La Estrategia se ha completado, en el plano normativo, con la promulgación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo Vínculo a legislación, de Economía Sostenible y la Estrategia para una Economía Sostenible que contemplan unas reformas encaminadas a modificar el modelo productivo.

En el escenario de la Estrategia Europea de 2001, se formula la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible, Agenda 21 Andalucía, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2004, que identifica los principales retos que plantea la sostenibilidad en un horizonte de diez años y se organiza en veinticuatro áreas temáticas de las que se desgranan orientaciones políticas generales. Estas orientaciones generales se apoyan en seis criterios operativos: irreversibilidad cero, aprovechamiento sostenible, emisión sostenible, eficiencia tecnológica, precaución y prevención.

En estos años se ha ido asistiendo a un proceso progresivo de maduración y consolidación del desarrollo sostenible como principio inherente al desarrollo de los pueblos. Aunque los avances han sido desiguales, se han realizado en la región andaluza notables esfuerzos en el uso de energías renovables, el fomento de la agricultura ecológica, la reforestación de amplias zonas en la lucha contra la erosión o el reciclado de residuos.

Transcurrida una década desde aquel 2003 y en un contexto socioeconómico muy distinto, es oportuno y conveniente renovar el compromiso con las políticas de sostenibilidad mediante la formulación de una nueva Estrategia que dé continuidad a la anterior pero desde los nuevos retos que se han de afrontar en el marco de la crisis financiera y económica internacional y de cambio global.

En efecto, la crisis que se ha instalado en Europa en la primera década de este siglo XXI ha transformado el escenario socioeconómico. En este nuevo contexto la cumbre de Naciones Unidas Río +20, celebrada en junio de 2012, ha abordado los nuevos problemas de la sostenibilidad desde el actual marco de crisis sistémica y ha centrado su discurso en el fomento de una economía verde y en la erradicación de la pobreza y las desigualdades sociales promoviendo un crecimiento sostenido, inclusivo y equitativo.

Desde la Unión Europea se ha considerado, igualmente, la necesidad de hacer frente al momento de transformación económica y social que vive la eurozona, que en los últimos años ha dejado a millones de personas sin empleo, ha generado una deuda financiera que representará una carga durante años y ha evidenciado las presiones sobre la cohesión social. Y hay que señalar que en España la caída del empleo ha sido especialmente brusca como consecuencia de los reajustes del sector de la construcción. La Comisión Europea, con el objetivo de afrontar estos retos, ha elaborado en el año 2010 una Estrategia que constituye una visión de la economía social de mercado de Europa para el siglo XXI, la Estrategia Europa 2020, para la que propone cinco objetivos cuantificables referidos al empleo, la investigación y la innovación, el cambio climático y la energía, la educación y la lucha contra la pobreza. Por otra parte, para garantizar un marco fuerte de gobernanza y una ejecución efectiva y oportuna, la arquitectura propuesta para Europa 2020 requiere la participación de las autoridades nacionales y regionales para contribuir a la elaboración de los programas de aplicación de las actuaciones.

Considerando esta premisa, a escala regional el gobierno andaluz ha puesto en marcha, durante el año 2013, un conjunto de iniciativas orientadas a implementar las directrices europeas, especialmente las derivadas de la Estrategia 2020. Entre estas iniciativas se encuentra la formulación de dos instrumentos estratégicos con horizonte en 2020, la Estrategia de Innovación, el 18 de diciembre de 2012, y la Estrategia de Competitividad, acordada por el Consejo de Gobierno el 2 de julio de 2013.

Se dan, en consecuencia, las circunstancias propicias para formular una nueva Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible, también con horizonte en el año 2020, en paralelo a los documentos marco de la Unión Europea y a la programación de los fondos estructurales, e inscrita en las iniciativas puestas en marcha por el Ejecutivo andaluz. Esta Estrategia ha de surgir de la colaboración institucional y de la participación ciudadana, cumpliendo con los objetivos de coordinación y buena gobernanza y considerando el derecho a la participación y a la transparencia que garantiza, entre otras normas legales la Ley 27/2006, de 18 de julio Vínculo a legislación, de derecho al acceso a la información y a la participación ambiental, y conforme al principio de participación esbozado en la Cumbre de Estocolmo de 1972 y consolidado en la Declaración de Río 92, cuyo Principio 10 establece que la mejor manera de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.13 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y, previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de marzo de 2014,

ACUERDA

Primero. Formulación.

Se acuerda la formulación de la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2020, cuya estructuración, elaboración y aprobación se realizará conforme a las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo.

Segundo. Objetivos.

El objetivo general de la Estrategia es orientar las políticas e iniciativas públicas y privadas con incidencia en la Comunidad Autónoma Andaluza, hacia un modelo de desarrollo sostenible basado en la transición a una economía verde y en la integración de las consideraciones ambientales, económicas y sociales y que este modelo sea percibido como motor de desarrollo socioeconómico y reconocida su potencialidad para la creación de empleo.

La Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2020 plantea los siguientes objetivos específicos:

- Trasladar los acuerdos ambientales internacionales y nacionales al contexto regional y contribuir a su aplicación práctica con las singularidades propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Orientar y reforzar, desde un instrumento de carácter horizontal, la implementación de políticas de desarrollo sostenible en Andalucía, con la máxima coordinación interinstitucional y en el marco de planificación y programación para los fondos estructurales de la UE y de las directrices marcadas por la Estrategia Europa 2020.

Se persiguen, además, los siguientes objetivos complementarios:

- Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos andaluces conforme al principio 1 de la cumbre de Estocolmo y principio 1 de Río 92, que coloca a los seres humanos y su calidad de vida en el centro de las acciones relacionadas con el desarrollo sostenible.

- Preservar la riqueza y variedad del medio natural para las generaciones futuras aplicando la máxima de responsabilidad intergeneracional.

- Propiciar un desarrollo económico compatible con la conservación de los recursos naturales y con los principios de igualdad y de cohesión social afianzando la idea de un desarrollo que abarca la dimensión ambiental, económica y social.

- Fomentar la integración de las personas en riesgo de exclusión social trasladando a la escala regional el objetivo de los tratados internacionales sobre la erradicación de la pobreza.

- Modificar gradualmente los modelos de consumo y producción no sostenibles en la dirección de una economía verde.

- Contribuir a la generación de empleo mediante la implantación progresiva de un modelo productivo en el que el medio ambiente sea percibido como motor de desarrollo socioeconómico y reconocida su potencialidad como yacimiento de empleo.

- Profundizar y reforzar en la gobernanza ambiental fomentando la coordinación interinstitucional y la participación activa de la ciudadanía.

- Incorporar las propuestas contenidas en los principales instrumentos estratégicos de la Unión Europea en materia de sostenibilidad ambiental, especialmente los referidos al marco de acción en materia de energía y clima con horizonte 2030.

Tercero. Contenidos.

La Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2020 deberá incluir, al menos, los siguientes contenidos:

- Definición de objetivos y enunciado de principios orientadores.

- Diagnóstico de la situación ambiental integrando la componente económica y social e identificación de debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades por áreas temáticas. Las áreas temáticas se seleccionarán en consonancia con los objetivos temáticos del Marco Estratégico Común 2014-2020 establecidos por la Comisión Europea para la aplicación de los fondos europeos y las prioridades recogidas en la Estrategia Europa 2020.

- Definición de propuestas de actuación para las once áreas temáticas definidas en la Estrategia.

1. Innovación y Tecnologías de la Información y Comunicación.

2. Gobernanza.

3. Educación y Formación.

4. Recursos Naturales.

5. Energía.

6. Cambio Climático.

7. Movilidad.

8. Competitividad y Empleo.

9. Producción y Consumo Sostenibles.

10. Desarrollo Rural.

11. Cohesión Social.

- Propuesta de evaluación y seguimiento mediante la elaboración, en su caso, de un sistema de indicadores de seguimiento en función de los aspectos que se consideren claves y de la información disponible.

Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.

La elaboración de la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2020 por la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se iniciará con un primer borrador, Borrador 1, en el que se han de esbozar los principales objetivos y contenidos de la Estrategia. Este documento Borrador 1 será distribuido por las diferentes departamentos, áreas e instituciones de la Junta de Andalucía para que realicen sus aportaciones, y se pondrá en conocimiento de la ciudadanía, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre participación ambiental.

A partir de dicho documento y con las primeras aportaciones y sugerencias se elaborará un Borrador 2 de la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2020, que se presentará a los órganos consultivos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Consejo Andaluz de Medio Ambiente, Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible y nueva consulta de los organismos de la Junta de Andalucía, para su debate y valoración. Resultado de las aportaciones se elaborará un Borrador 3, que se someterá a información pública.

El período de información pública, que tendrá una duración de, al menos, 45 días, se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el sitio web de las Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, donde además se implementará un procedimiento telemático de presentación de alegaciones. Las propuestas formuladas en el trámite de alegaciones se incluirán, o se justificará su no inclusión en los casos que corresponda.

Una vez finalizado el período de información pública, la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio elevará la propuesta de Estrategia al Consejo de Gobierno para su aprobación.

Quinto. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Sexto. Eficacia.

El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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