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Reglamento técnico para la utilización de la marca “C´alial” en el “Turrón Negro”

30/04/2014
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Orden de 31 de marzo de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 16 de marzo de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba el Reglamento técnico para la utilización de la marca “C´alial” en el “Turrón Negro” y en el “Guirlache” (BOA de 29 de abril de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 31 DE MARZO DE 2014, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 16 DE MARZO DE 2010, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO PARA LA UTILIZACIÓN DE LA MARCA “C´ALIAL” EN EL “TURRÓN NEGRO” Y EN EL “GUIRLACHE”.

Con fecha 14 de abril de 2010 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden de 16 de marzo de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba el Reglamento técnico para la utilización de la marca “C´alial” en el “Turrón Negro” y en el “Guirlache”. La orden incluye como anexo el Reglamento técnico para la utilización de la marca “C´alial”.en el turrón negro y el guirlache.

Dado que el consumidor actual pide nuevas formas de presentación y formatos más reducidos que los contemplados en el reglamento vigente, el sector elaborador de este producto ha solicitado modificar el formato y que las piezas de turrón, una vez envasadas con envoltorio transparente, puedan ir empaquetadas en cajas de cartón o de otro material autorizado.

Por tanto, una vez examinada la solicitud presentada, y consultado el Comité de Calidad Alimentaria, procede la modificación del Reglamento técnico para la utilización de la marca “C´alial” en el “Turrón Negro” y en el “Guirlache”.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 Vínculo a legislación de la Orden de 25 de julio de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por el que se establece el sistema de gestión, uso y control de la marca “C´alial” en alimentos de calidad diferenciada, corresponde al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente la competencia para aprobar los Reglamentos técnicos de los productos susceptibles de beneficiarse de la utilización de la marca “C´alial”.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de 16 de marzo de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba el Reglamento técnico para la utilización de la marca “C´alial” en el “Turrón Negro” y en el “Guirlache”.

El Reglamento técnico contenido en el anexo I de la Orden de 16 de marzo de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba el Reglamento técnico para la utilización de la marca “C´alial” en el “Turrón Negro” y en el “Guirlache, se modifica de la siguiente manera:

1. La letra a) del apartado 1 del artículo 6 (Forma, dimensiones y características organolépticas) queda redactada como sigue:

"Forma de prisma rectangular."

2. El apartado 1 del artículo 7 (Envasado) queda redactado como sigue:

"El turrón negro amparado por la marca “C´alial” se comercializará en piezas enteras envasadas con envoltorio transparente que permita ver las características del producto. Estas piezas podrán ir empaquetadas en cajas de cartón o de otro material autorizado."

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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