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Consejo de Ministros

Aprobado el Proyecto de Ley de metrología

28/04/2014
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El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Metrología, que actualiza el marco legal establecido por la vigente Ley de Metrología, que data de 1985. El objetivo del Proyecto de Ley es unificar y clarificar la legislación sobre el tema, incorporar las directrices internacionales y mejorar el control de los instrumentos de medida, lo que dará una mayor calidad en los instrumentos de medición y en la seguridad jurídica de las mediciones.

El Sistema Legal de Unidades de Medida y la metrología científica

Las unidades de medida se regulan de conformidad con las Resoluciones de la Conferencia General de Pesas y Medidas. Periódicamente, de acuerdo con los avances de la ciencia, las Resoluciones de la Conferencia y las Directivas de la Unión Europea, se actualiza la normativa adecuándola a las novedades del Sistema Internacional. La última modificación se realizó a través de un Real Decreto de 2009.

Como principal novedad, la Ley recoge la obligatoriedad de utilizar el Sistema Internacional de Medidas, que va más allá de las tradicionales unidades de medida, ya que incluye no sólo las unidades, su nombre y definición, sino también los símbolos, las reglas de escritura y el uso de múltiplos y submúltiplos. Todo ello para evitar la comisión de errores en la utilización de las unidades. Se regulan, además, de acuerdo con las Directivas de la Unión Europea, los patrones de medida y los materiales de referencia.

El control metrológico del Estado

El control metrológico del Estado es el conjunto de actividades que contribuyen a garantizar la certeza y corrección del resultado de las mediciones, los procedimientos adecuados para su utilización, mantenimiento, evaluación y verificación; así como la tipología y obligaciones de los agentes intervinientes.

El Proyecto aprobado define el alcance del control metrológico del Estado, los elementos que se someten a control, las fases que comprende, sus procedimientos de vigilancia e inspección, el tratamiento de las modificaciones y reparaciones realizadas durante la vida útil de los instrumentos, y la regulación metrológica de los productos preenvasados.

En el texto se han tenido en cuenta la regulación de la Unión Europea y las dos sentencias del Tribunal Constitucional de 1991 que clarificaron la distribución de competencias ejecutivas entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

Los elementos que están sometidos al control metrológico del Estado son aquellos instrumentos, medios, materiales de referencia, sistemas de medida y programas informáticos que sirven para medir o contar, y que sean utilizados por razones de interés público, salud y seguridad pública, orden público, protección del medio ambiente, protección o información de los consumidores y usuarios, recaudación de tributos, cálculo de aranceles, cánones, sanciones administrativas, realización de peritajes judiciales y establecimiento de las garantías básicas para un comercio leal.

La organización de la Metrología

El Proyecto reúne en un solo texto la regulación de los agentes que intervienen en metrología, hasta ahora dispersa en múltiples disposiciones, con lo que se facilita su comprensión y utilización. Esta unificación simplifica la colaboración entre la metrología científica e industrial, favoreciendo la relación entre los laboratorios y contribuyendo a mejorar la calidad de los productos industriales.

En metrología legal, la norma favorece el reconocimiento interterritorial de los organismos de verificación, abriendo un campo de competencia que permitirá incrementar la eficiencia. Así, una empresa habilitada para verificar instrumentos de medición en servicio en una Comunidad Autónoma podrá desarrollar su actividad en el resto del territorio nacional.

Modificación de la Ley de Industria

La disposición final tercera del Anteproyecto modifica diversos artículos de la Ley de Industria, al objeto de mejorar las garantías que los productos e instalaciones industriales cumplan los requisitos técnicos de seguridad y protección del medio ambiente.

En el Proyecto de Ley se establece la obligatoriedad de que los organismos de control, que son aquellos entes encargados de la verificación de la conformidad de las instalaciones y productos industriales, dispongan de una acreditación como medio de evaluación de su competencia técnica, independencia e imparcialidad. De esta forman se aseguran criterios claros, objetivos, no discriminatorios y únicos para todo el territorio nacional.

Además, se ha actualizado la tipificación de las infracciones establecidas en la Ley.

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