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Baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios

14/04/2014
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Orden de 9 de abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios (BOA de 11 de abril de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 9 DE ABRIL DE 2014, DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE ESTABLECE EL BAREMO DE LAS LISTAS DE ESPERA PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD DE LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS.

El Decreto 336/2011 de 6 de octubre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, modificado mediante Decreto 178/2012, de 17 de julio, aprobó la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, otorgando a la Dirección General de Gestión de Personal la competencia en materia de gestión de personal docente no universitario atribuida al Departamento.

El Decreto 51/ 2014, de 8 de abril Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, determina las directrices básicas aplicables al procedimiento de nombramiento de funcionarios interinos docentes, facultando con carácter genérico en su Disposición Final Primera a los Consejeros competentes en materia de Función Pública y de Educación, en el ejercicio de sus respectivos ámbitos de actuación, para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del mismo.

El artículo 9 punto 2 del citado Decreto, habilita al Departamento competente en materia educativa para el desarrollo mediante orden de los criterios de baremación establecidos en el citado Decreto, en consecuencia dispongo:

Artículo único. La presente orden tiene por objeto la aprobación de los criterios de baremación establecidos en el anexo I, para determinar la prelación de los integrantes de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios en la nueva baremación, renovación de las listas de espera o incorporación de nuevos aspirantes a las mismas, de acuerdo con lo que establece el Decreto 51/ 2014, de 8 de abril Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón por el que se regula el procedimiento para la provisión de puestos de trabajo docentes no universitarios por el personal interino en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Disposición derogatoria única. Queda derogada la Orden de 29 de julio Vínculo a legislación de 2005, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen los criterios de puntuación a efectos de baremación de méritos, de los aspirantes a puestos de trabajo reservados a funcionarios docentes no universitarios en régimen de interinidad, con el fin de determinar la prelación de los integrantes de las listas de espera, modificada por la Orden de 19 de febrero Vínculo a legislación de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Disposición final única. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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