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Memoria histórica

La Fiscalía cambia de criterio sobre la memoria histórica en un escrito firmado por la fiscal jefe del Constitucional

27/01/2014
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Un fiscal pidió al TC que fijara doctrina sobre las desapariciones del franquismo, pero una fiscal superior corrigió esta decisión

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía ha pasado de defender la necesidad de que el Tribunal Constitucional fije doctrina sobre las desapariciones de la Guerra Civil y el franquismo a no considerar trascendente tal pronunciamiento. La primera idea fue razonada ampliamente por el fiscal Manuel Miranda y poco después fue corregida por su superior.

Así consta en los escritos del Ministerio Público, a los que ha tenido acceso Europa Press, y por los que finalmente se ha archivado la demanda de amparo de una mujer, María Purificación Lapeña, que pedía investigar las desapariciones de su abuelo y de su tío abuelo ocurridas en 1936.

El fiscal Manuel Miranda presentó un recurso de súplica al Alto Tribunal pidiendo que estimara la demanda de esta mujer ante la necesidad de dar una respuesta clara sobre el deber de los jueces españoles de investigar las desapariciones forzadas y de pronunciarse sobre su prescripción, así como sobre los efectos de la Ley de Amnistía.

Esta decisión salió en prensa y despertó la esperanza de la recurrente de que su asunto pudiera prosperar, ya que en un primer momento había sido archivado por el Constitucional alegando que no había justificado en un apartado específico su "especial trascendencia constitucional".

Sin embargo, poco después, el Ministerio Público ha presentado un escrito de desistimiento, por el que retira el recurso interpuesto por Miranda y produce el archivo del caso de María Purificación.

Este nuevo escrito, aparece firmado por la fiscal jefe María de los Ángeles Sánchez, y defiende que "todos los razonamientos jurídicos son susceptibles de reconsideración, de replanteamiento y de solicitud de un nuevo examen" y alega que ha "comprobado" que la Fiscalía ha adoptado posturas distintas en otros recursos de amparo similares.

Miranda dijo que bastaba con que la recurrente hubiera detallado la trascendencia constitucional a lo largo de su escrito, aunque no la hubiera incluido en un epígrafe específico. Sin embargo, su superior entiende que esta cuestión es "discutible" como evidencia la existencia de varios votos particulares de magistrados al respecto.

PERPLEJIDAD DE LA RECURRENTE

Este cambio de parecer causó perplejidad en el abogado de la recurrente, Eduardo Ranz, que se trasladó al Alto Tribunal y solicitó consultar el expediente.

La respuesta que recibió es que no se encontraba en la oficina, por lo que presentó un escrito de queja ante la indefensión y la obstaculización de su trabajo. El letrado impugnará la diligencia de archivo por el arbitrario cambio de proceder sin que se hayan producido nuevos hechos que lo justifiquen.

Ranz alegó en su recurso de amparo que su clienta había sufrido una violación en su derecho a obtener una tutela judicial efectiva y a la igualdad ante la ley, al haber archivado un juzgado de San Lorenzo de El Escorial y la Audiencia Provincial de Madrid su caso sin haber llevado a cabo unas "mínimas" diligencias de investigación.

La mujer, María Purificación Lapeña solicitaba que se exhumaran los restos de sus parientes que descansan en El Valle de los Caídos y se procediera a constatar su muerte violenta, a identificarlos y a devolverlos a la familia.

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