Diario del Derecho. Edición de 22/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 14/01/2014
 
 

TSJA

El TSJA dirime hoy en audiencia pública la validez de la licencia del hotel del Algarrobico

14/01/2014
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acoge este martes la vista oral para dirimir si la licencia municipal de obras del hotel de Azata del Sol en la playa de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), es ajustada a derecho o si, por el contrario, procede anular el acto administrativo en el que fue aprobada en marzo de 2003.

ALMERÍA, 14 (EUROPA PRESS)

La sala de lo contencioso-administrativo debe resolver los recursos interpuestos contra la sentencia que, en 2008, ordenó la revisión de oficio del permiso al estimar que vulnera la normativa en materia de Costas y de Medio Ambiente y en la que el magistrado Jesús Rivera señaló como "incontestable" que el sector S-T1 del Plan Parcial aprobado para la construcción del hotel se ubica de "forma clamorosa" en "espacio protegido" y "no era urbanizable". Por contra, la Consejería andaluza de Medio Ambiente localizaba el suelo en zona D2 o "no incompatible con el uso urbanístico".

En esta misma resolución, sostenía que la Junta había realizado "una burda maniobra" para sustituir la planimetría del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar publicada "oficialmente" en BOJA de 22 de diciembre de 1994 por otra para "orillar la limitación que imponía" y "permitir de esta guisa" la obra en terrenos de especial protección.

La vista oral, que desde las partes implicadas en el conflicto en torno al hotel se considera puede ser el impulso definitivo a su resolución, llega pocos días después de que el propio Alto Tribunal andaluz confirmase en dos fallos contra la promotora y la constructora la validez del derecho de retracto que la Junta ejerció en 2006 sobre las fincas de El Algarrobico y diese la propiedad del suelo sobre el que se asienta a la administración autonómica por 2,3 millones de euros.

LARGO PERIPLO JUDICIAL

Con anterioridad, el mismo tribunal ya se pronunció sobre una de las cuestiones que derivó en la anulación de la licencia municipal de obras y, en octubre de 2012, declaró "espacio protegido no urbanizable" el sector de paraje de El Algarrobico ante los indicios de que la normativa medioambiental aprobada en 2008 para el parque natural de Cabo de Gata por la Junta podría reactivar el "uso turístico" del establecimiento. Así, el sector ST-1 consta como suelo no urbanizable desde el 23 de marzo la Junta publicó en BOJA la declaración.

Otras tres sentencias del Tribunal Supremo (TS) declaran que el hotel invade de forma parcial los 100 metros de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre que establecía la Ley de Costas en vigor entonces y recientemente derogada. Ninguna se pronuncia, sin embargo, de forma expresa acerca del derribo o de la restauración en la zona de la legalidad urbanística.

En las dos últimas sentencias, de 10 de marzo, el TSJA se pronuncia acerca de si Azata es merecedora de protección e indemnización como poseedora de buena fe del suelo. En concreto, no aprecia que exista por parte de la Junta el "beneficio patrimonial" que haría que la mercantil tuviera derecho a ser indemnizada ya que el hotel "esta cerrado" y pendiente de decisión judicial la validez de su licencia.

AZATA CIFRA EN 70 MILLONES LOS DAÑOS Y PERJUICIOS

No entra, sin embargo, a analizar si, como sostiene la promotora, la actuación del Gobierno andaluz le ha causado perjuicios y emplaza a una reclamación de responsabilidad patrimonial. La mercantil argumentó, bajo el principio de protección de confianza legítima, que la Junta intervino "directamente" en clasificación, calificación y desarrollo urbanístico del suelo, "favoreciendo e incentivando la construcción del hotel, que ha supuesto un desembolso económico importantísimo".

Azata del Sol ha elevado tres recursos ante el Estado, Junta de Andalucía y Ayuntamiento en los que reclama una indemnización para resarcir los "daños y perjuicios" derivados de lo que considera un "anormal funcionamiento" de la administración y cuantifica la responsabilidad patrimonial de Estado, Junta y Ayuntamiento carbonero, conjunta y de manera solidaria, en 70.042.712 euros, cifra que incluye un 5 por ciento por daño moral según la tasación realizada por la sociedad Tinsa de acuerdo no solo al valor del suelo y del hotel, sino también teniendo en cuenta el daño moral, material y el descrédito empresarial a la mercantil.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana