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Rechaza el argumento de que se basaron en previsiones falsas

El TC estima parcialmente un recurso del PP contra los Presupuestos de 2009 aunque con efectos limitados

09/01/2014
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Defiende que las estimaciones "no eran carentes de toda explicación racional" sino que se "deterioraron sustancialmente"

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional (TC) estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad que el PP interpuso en marzo de 2009 contra 17 preceptos de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) aprobados por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero para ese ejercicio, aunque los efectos prácticos de la sentencia son limitados, como reconoce el propio órgano.

El fallo, fechado el 5 de diciembre pero que se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), admite así la inconstitucionalidad de dos de los preceptos que impugnaron los 'populares', concretamente los cambios en el régimen de infracciones y sanciones en el orden social y los que afectaron a la regulación general de subvenciones.

Respecto al primer artículo impugnado, que incluye la posibilidad de sancionar no sólo a quien no presente los documentos de cotización a la Seguridad Social sin haber pagado sino también a quien pague menos de lo que le corresponde, el TC reconoce que "no es descartable que exista una conexión con los ingresos públicos de toda sanción pecuniaria", lo que cumpliría el requisito 'sine qua non' de que el contenido de los Presupuestos tenga una "vinculación inmediata y directa con los gastos e ingresos públicos".

"Sin embargo, este resultado (de mayores ingresos) no es ni mucho menos automático, pues es también posible imaginar que dicha medida represente un incentivo precisamente para un mejor cumplimiento de las normas, en cuyo caso no se producirá una mayor recaudación en concepto de sanción", matiza el Tribunal, añadiendo que al tratarse además de una medida que "puede incidir en un derecho fundamental" no es suficiente justificar con más ingresos la inclusión en los PGE de esta modificación legal.

Por ello, declara inconstitucional y nula esta disposición, si bien "dado el tiempo transcurrido" se deben "limitar los efectos" de la sentencia, que "no afectará por tanto a las situaciones jurídicas consolidadas, es decir, no sólo a las decididas con fuerza de cosa juzgada sino también a las situaciones administrativas firmes".

CAMBIOS EN SUBVENCIONES

El TC también considera "insuficiente" la vinculación de los cambios en la Ley General de Subvenciones que se incluyeron en los Presupuestos de 2009 para distinguir entre convenio de colaboración y contrato con la gestión del gasto público subvencionable, por lo que concluye que este cambio "sustantivo" no encuentra "acomodo" en una ley presupuestaria.

Por ello, declara inconstitucional el artículo aunque "limitando igualmente los efectos de la nulidad, de manera que no queden afectadas las situaciones jurídicas consolidadas", según reza en el texto de la sentencia, que recoge Europa Press.

Sin embargo, el Alto Tribunal no cree que el resto de artículos impugnados por el PP excedan de los contenidos y límites de las leyes de presupuestos, al encontrar vinculaciones suficientes con el estado de ingresos o de gastos del Estado o al considerar que no se alumbraba un régimen jurídico nuevo sino que se modificaban únicamente aspectos puntuales de legislación vigente en ese momento o que se mejoraba la gestión presupuestaria.

Entre otras, los 'populares' recurrieron contra los cambios en las incompatibilidades para cobrar la pensión de jubilación y un sueldo, la moratoria para devolver créditos a la investigación o la declaración de interés general de obras en infraestructuras hidráulicas o penitenciarias.

ESCENARIO ECONÓMICO

El Constitucional también rechaza en su fallo el segundo argumento de inconstitucionalidad que esgrimió el PP, relativo a la "inexistente adecuación de los PGE al escenario económico", con una previsión de gastos e ingresos "desfasada" y "completamente ajena a la realidad observada por los principales analistas", lo que "imposibilita el cumplimiento proporcionado y coherente de los fines presupuestarios" o de la Ley de Estabilidad.

De hecho, los 'populares' acompañaron su recurso de informes macroeconómicos de organismos públicos y privados internacionales como la Comisión Europea (CE), y el ahora ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, expresó su confianza en que el fallo del TC a favor de sus argumentos permitiera "disciplinar" a los futuros ejecutivos para que no se volvieran a hacer presupuestos "ilegales" como los de 2009.

Frente a estas alegaciones, el fallo del TC apunta a una acusación genérica contra todo el Presupuesto, "sin identificar exactamente qué aspectos del mismo habrían resultado contrarios a la Constitución", y además recuerda que la Ley de Estabilidad Presupuestaria no forma parte del bloque de constitucionalidad por lo que no le compete valorar si se cumple o no.

Asimismo, recuerda que no le corresponde verificar si las estimaciones de crecimiento del PIB que se usaron para redactar las cuentas fueron "técnicamente correctas o políticamente pertinentes" ni tampoco "examinar si la cifra consignada como estimación de ingresos arranca de unas previsiones excesivamente optimistas", sino únicamente si se incurre en una arbitrariedad o irracionalidad, costa que el demandante "no ha demostrado".

CAMBIOS PARA TODOS

En este punto, el Alto Tribunal recuerda que las previsiones de 2009 para toda la UE "se deterioraron sustancialmente" entre junio y octubre de 2008, cuando ya se había cerrado el cuadro macroeconómico para el siguiente ejercicio dados los plazos de tramitación presupuestaria, que exigen que el Gobierno presente las cuentas en las Cortes antes de que acabe septiembre.

Así pues, las estimaciones que utilizó el Gobierno de Zapatero "no eran carentes de toda explicación racional, sino que venían avaladas por el propio proceso de elaboración del Presupuesto", en el que también intervienen las autoridades comunitarias, si bien este sistema "en ningún caso puede garantizar que las previsiones de crecimiento económico se vean cumplidas".

Con respecto al tercer y último alegato de inconstitucionalidad planteado por el PP --relativo a la vulneración de los principios de unidad, universalidad y anualidad de la Ley de Presupuestos por no haber incluido los costes financieros totales derivados de cuatro decretos ley--, el TC señala que "la demanda no precisa cuál de los preceptos impugnados es el que concretamente causa la violación constitucional denunciada" y la alegación de que hubo "falta de previsión del coste financiero" de esas medidas es "genérica e inconcreta", además de falsa, ya que sí se incluyen en las cuentas referencias a dichos gastos.

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