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Concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio Central de la Secretaría General del Consejo

30/12/2013
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio Central de la Secretaría General del Consejo, con destino en Madrid, entre Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de la Administraciones Públicas del Subgrupo A1.

BASES

Primera.

Podrán tomar parte en el mismo los Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General del propio Consejo (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.

Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno, apreciando conjuntamente los méritos alegados, designará al o a la que resulte seleccionado/a para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

El/La concursante al o a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarado/a en situación de servicios especiales en su Administración de origen de conformidad con lo previsto en el artículo 625.2 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio (publicada en el BOE n.º 155, de 29 de junio de 2013).

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

ANEXO I

Denominación del puesto: Jefe del Servicio Central.

Órgano Técnico: Secretaría General.

Número de puestos convocados: 1.

Localización: Madrid.

Nivel de Complemento de Destino: 30. Complemento específico: 49.243,46 euros anuales.

Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Requisitos del puesto: Conocimientos y experiencia en: Conocimientos y experiencia en el ámbito del derecho administrativo.

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