MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
En una resolución hecha pública este jueves, el alto tribunal recuerda que los componentes del poder judicial "tienen limitaciones establecidas en la Constitución que no se establecen respecto a otros servidores del Estado". Por ejemplo, los jueces y magistrados no pueden pertenecer a partidos políticos o sindicatos, señala.
Entre estas limitaciones se encuentra también la de desempeñar una actividad mercantil, dice la resolución, que agrega que "la mera tenencia de la mitad de las participaciones sociales conlleva el ejercicio de la actividad de la sociedad".
El Supremo destaca, además, que el hecho de que la sociedad se dedique al ejercicio de la abogacía "puede afectar a la apariencia de imparcialidad objetiva para el ejercicio de la actividad jurisdiccional".