Diario del Derecho. Edición de 23/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/10/2013
 
 

TSJM

El TSJM escuchará el 30 de octubre a Blesa y a su abogado y aplaza de nuevo la declaración del juez Silva

17/10/2013
Compartir: 

El juez que encarceló al ex presidente de Caja Madrid se niega a declarar y es citado, por tercera vez, para el 28 de octubre

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha citado para el próximo 30 de octubre a declarar en calidad de testigos a quien fuera presidente de Caja Madrid Miguel Blesa y a su abogado Carlos Aguilar por los perjuicios que la actuación del juez Elpidio José Silva les pudo ocasionar durante la instrucción del caso, según informaron fuentes jurídicas.

El magistrado Jesús Gavilán tenía previsto interrogar a las 10.00 horas de este miércoles al titular del Juzgado de Instrucción número 9 Elpidio José Silva por delitos de prevaricación, retardo malicioso en la Administración de Justicia y contra la libertad individual del banquero, al haber ordenado su ingreso en prisión en dos ocasiones por su gestión al frente de la entidad.

Silva ha llegado puntual a su cita ante el juez que instruye la querella presentada en su contra por la Fiscalía, pero se ha negado a declarar al no haber recibido con antelación parte de la documentación relativa al 'caso Blesa'. Por ello, se ha pospuesto su interrogatorio para el próximo 28 de octubre a las 10.00 horas.

El fiscal Superior de Madrid, Manuel Moix, había reclamado que se remitiera a la sede del Tribunal Superior de Justicia la totalidad de la causa, sin embargo dos piezas sobre sobre el caso han llegado este mismo miércoles, lo que ha impedido que su defensa tuviese tiempo para examinar con detenimiento esa información.

Se trata de la segunda ocasión en la que el magistrado Gavilán intenta tomar declaración al juez Silva, después de que el pasado 2 de octubre el imputado interrumpiera su declaración para solicitar más tiempo para examinar la causa. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspendió a Silva de sus funciones durante cuatro meses y siete días a finales de julio.

El Tribunal Superior de Justicia madrileño tiene pendiente de decidir si admite a trámite el recurso interpuesto por Manos Limpias para poder personarse en la causa contra el juez Silva, en la que actúan como perjudicados por su gestión el ex presidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, Blesa y su abogado.

La querella de la Fiscalía detalló que Silva habría cometido irregularidades que habrían llevado consigo la comisión de varios ilícitos penales durante la investigación del crédito de 26,6 millones a Díaz Ferrán y la compra del City National Bank de Florida. El fiscal pedía que declararan como testigos Blesa y su letrado, a quien imputó por obstrucción a la justicia aunque poco después archivó tales diligencias.

Silva actuó en su contra al saber que Blesa había tenido conocimiento de que su teléfono fue intervenido, pero siendo "consciente" de que la escucha telefónica había sido acordada en un auto de su Juzgado. El interrogatorio que efectuó a ambos por esta causa provocó "una vulneración clamorosa" de los derechos que correspondían al banquero, según la Fiscalía.

QUERELLA DE LA FISCALÍA

La querella presentada por la Fiscalía de Madrid se refiere a delitos de prevaricación, retardo malicioso en la Administración de Justicia y delitos contra la propiedad individual que habría podido cometer en varias decisiones sobre la investigación del crédito a Gerardo Díaz Ferrán y la compra del City National Bank de Florida, entre ellas la de enviar a Blesa a prisión incondicional el pasado 5 de junio. Silva se enfrenta hasta 40 años de inhabilitación.

La Audiencia Provincial de Madrid anuló el pasado 19 de junio la instrucción realizada por el juez Silva por el tema del crédito al considerar que el magistrado había convertido indebidamente el proceso contra Miguel Blesa en una "causa general en busca de los responsables de la crisis económica que atravesamos y su castigo". Dejó abierta sin embargo la puerta a que se sigan investigando los hechos relacionados con el City National.

En su querella, la Fiscalía argumenta que Elpidio Silva cometió un delito de prevaricación porque adoptó diversas resoluciones "que no pueden ser explicadas mediante ninguna interpretación razonable efectuada con los métodos usualmente admitidos en Derecho", imponiendo de esta forma "su propia voluntad y criterio sobre la interpretación racional de la ley".

En este sentido, la Fiscalía repasa las decisiones del juez para la reapertura de las actuaciones contra Blesa por la concesión del crédito a Díaz Ferrán, dos años después de haber acordado su sobreseimiento y sin que durante ese periodo hubiera aparecido "nada nuevo que lo justificase".

La Fiscalía considera así "ilógico e improcedente" el modo por el que Elpidio Silva reabrió el caso, justificando su "arbitraria decisión" en razón a criterios como la alarma social derivada de la crisis económica mundial y la implicación en la misma de las entidades financieras.

El Ministerio Público se querella además contra el magistrado por retardo malicioso por no dar trámite hasta dos meses después a los recursos interpuestos contra el secreto de las actuaciones acordado "con el fin de impedir a las defensas acceder al procedimiento", sin que a su juicio existiera "motivo legal alguno" para adoptar la medida.

La Fiscalía también denuncia al juez por dos delitos contra la libertad individual en los dos autos en los que dictó prisión para Blesa, el primero de ellos bajo fianza de 2,5 millones de euros y el segundo sin fianza.

La querella argumenta que el magistrado adoptó esta medida contra Blesa a instancias únicamente del sindicato Manos Limpias, que justifica que no tenía condición de parte para realizar la petición, y aporta un auto que estableció la inadmisión de su personación como acusación particular por no tener la consideración de perjudicado en proceso.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Siguiente objetivo: el referéndum; por Javier Tajadura Tejada, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco (UPV/EHU)
  2. Actualidad: El Supremo avala que un menor víctima de ciberacoso sexual reciba indemnización aunque su madre renunciara
  3. Actualidad: El Supremo confirma la condena a dos hombres por patronear una patera con 18 personas hasta Cabrera
  4. Tribunal Supremo: Reafirma el TS que es de aplicación la previsión contenida en el art. 135 de la LEC al plazo de dos meses previsto para la interposición del recurso contencioso-administrativo
  5. Actualidad: El TS confirma la condena de prisión permanente revisable a una madre que asesinó a su hija de siete años
  6. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional desestima, prácticamente en su integridad, el Recurso de Inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados contra la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
  7. Agenda: 6.º Congreso Laboral: El Derecho del Trabajo, en constante transformación
  8. Actualidad: El Tribunal Supremo confirma la condena a más de seis años a un hombre que abusó de una niña de nueve años en Almería
  9. Tribunal Supremo: Los arrendamientos para uso distinto del de vivienda anteriores al 9 de mayo de 1985 mantienen su vigencia hasta la muerte o jubilación del arrendatario cuando éste es una persona física
  10. Legislación: Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 31 de enero de 2024

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana