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CGAE

La Abogacía cuestiona los datos de litigiosidad del CGPJ por su carácter "sesgado" y cree que los infla en un 80%

12/07/2013
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El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha cuestionado los datos de ligitiosidad presentados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por su carácter "sesgado" y ha advertido de que el número de procesos tramitados por los juzgados es un 80% inferior a las cifras presentadas por el órgano de gobierno de los jueces.

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El informe sobre la 'Situación actual de la Administración de Justicia en España: un análisis desde el Derecho Procesal' ha sido elaborado por un equipo de investigadores de la Universidad Autónoma de Madrid coordinado por Gilberto Pérez del Blanco, que ha presentado sus conclusiones acompañado del presidente de la Abogacía Carlos Carnicer.

Según este estudio, el número real de procesos tramitados en 2011 ante los juzgados fue de 1.833.608, de los cuales, 700.171 correspondieron al orden Civil, 717.559 al orden Penal, 182.676 al Contencioso-Administrativo y 233.202 al orden Social. Es decir, el número total de procesos tramitados supone aproximadamente un 20% de las cifras ofrecidas por el órgano de gobierno de los jueces.

Arroja como conclusión que los datos estadísticos reflejados en la Memoria del órgano de gobierno de los jueces es "muy sesgado" y no puede ser tomado en consideración para determinar la litigiosidad real en la Administración de Justicia ni, por tanto, puede servir de base para proponer cualquier reforma que persiga un funcionamiento más eficiente.

PROCESOS DUPLICADOS

En términos generales, en la variable "asuntos ingresados" que recoge el Consejo del Poder Judicial se incluyen procedimientos que carecen de carácter jurisdiccional o con una tramitación sencilla, prácticamente irrelevante; otros están atribuidos a personal no jurisdiccional; incidentes que son trámites accesorios de otro procedimiento principal y procedimientos duplicados (las fases de un mismo procedimiento son computadas como distintos asuntos).

Como "asuntos resueltos" figuran tanto los procesos que culminan en sentencia, como otros que culminan con otras resoluciones que implican la inexistencia de actividad jurisdiccional, según explica la Abogacía.

Por ejemplo en el orden Penal, la Memoria del CGPJ recoge como nuevo asunto ingresado cada una de las distintas etapas de la fase de instrucción (5.880.778). "El 78% de los sumarios concluye sin ningún tipo de actividad jurisdiccional y son computados como asuntos "ingresados" y "resueltos"", añade.

La jurisdicción Penal tramita tres veces más asuntos que la Civil con similar número de órganos judiciales. El estudio rebaja la litigiosidad detectada en lo Civil y entiende que un adecuado tratamiento estadístico en la vía Penal debería implicar una reducción del 90% de las cifras generales manejadas por el CGPJ.

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