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Entorno de protección de la cueva de Entrefoces

04/07/2013
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Decreto 42/2013, de 26 de junio, por el que se delimita el entorno de protección de la cueva de Entrefoces, en La Foz, en el concejo de Morcín (BOPA de 3 de julio de 2013). Texto completo.

DECRETO 42/2013, DE 26 DE JUNIO, POR EL QUE SE DELIMITA EL ENTORNO DE PROTECCIÓN DE LA CUEVA DE ENTREFOCES, EN LA FOZ, EN EL CONCEJO DE MORCÍN.

La cueva de Entrefoces, sita en La Foz, concejo de Morcín, fue declarada Bien de Interés Cultural en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 16/85, de 16 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Conserva esta cueva un panel con la representación de dos ciervas y un caballo, grabados en época magdaleniense.

Mediante Resolución de 11 de enero de 2010 de la entonces Consejería de Cultura y Turismo, se incoó expediente para la declaración del entorno de protección provisional de la cueva de Entrefoces, en La Foz, en el concejo de Morcín. La cueva de Entrefoces está declarada Bien de Interés Cultural en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 16/85, de 16 de junio de Patrimonio Histórico Español.

Con posterioridad a esa Resolución se ha seguido la tramitación regulada en la Ley de Patrimonio Cultural de Asturias Vínculo a legislación. Se cuenta con informes favorables de la Real Academia de la Historia y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Mediante Resolución de 11 de mayo de 2010, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 15 de junio de 2010, se abría un período de información pública respecto a este expediente. Durante el plazo de 20 días hábiles siguientes a esa publicación se recibió un escrito del Ayuntamiento de Morcín solicitando la exclusión del entorno de protección de un terreno clasificado como Suelo Urbano, y que representa menos del 1% de la superficie del entorno.

Posteriormente mediante Resolución de 29 de diciembre de 2011 de la entonces Consejería de Cultura y Deporte se amplió en doce meses el plazo de tramitación de este expediente de delimitación del entorno de protección de la cueva de Entrefoces. Mediante Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de fecha 26 de diciembre de 2012, se suspendía el plazo para resolver este expediente por un plazo máximo de tres meses hasta la recepción del informe preceptivo y vinculante del Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias.

Durante ese período de tiempo tuvo lugar una reunión de este organismo, el día 11 de enero de 2013, en la cual se emitió el informe relativo a esta propuesta de delimitación de entorno de protección. Se informó favorablemente la misma, delegándose en la Comisión Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias el estudio de la alegación presentada, con la indicación de que se aceptara la misma siempre que ello no supusiera un menoscabo a la protección efectiva de la cueva.

La Comisión Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias analizó el expediente y la alegación, acordando el 15 de marzo de 2013 informar favorablemente la modificación planteada por el Ayuntamiento de Morcín.

Mediante Resolución de 16 de marzo de 2013 de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte se amplió en seis meses el plazo para resolver y notificar este procedimiento.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 26 de junio de 2013,

DISPONGO

Artículo único: Delimitar el entorno de protección de la cueva de Entrefoces, sita en La Foz, en el concejo de Morcín, según la descripción literal y gráfica que consta en el Anexo que se adjunta y que forma parte del presente Decreto.

Disposición final única: El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Anexos

Omitidos.

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