Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/05/2013
 
 

Estuvo imputado Carlos Fabra pero se archivó su causa

Condenan al empresario valenciano Vicente Vilar a 1 año y 5 meses de cárcel por los sellos falsos en el 'caso Naranjax'

17/05/2013
Compartir: 

El juzgado de lo penal número 4 de Castellón ha condenado al empresario Vicente Vilar y a su exesposa, Montserrat Vives, a 1 año y 5 meses de prisión y multa de 840 euros y a un año de cárcel y multa de 540 euros, respectivamente, por falsificar documentación ante el Ministerio de Agricultura para obtener los permisos necesarios para comercializar productos fitosanitarios en el llamado 'caso Naranjax' .

CASTELLÓN, 16 (EUROPA PRESS)

Así mismo, ha sido condenado por el mismo delito a un año de cárcel un químico que trabajaba para ellos y a cinco meses de prisión una cuarta persona que les proporcionaba los sellos que estampaban en los documentos falsificados por un delito de fabricación o tenencia de útiles para cometer falsedad. En todos los casos el juez aprecia la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

En esta misma causa, que abrió el juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Nules, estuvo imputado el expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, aunque la Audiencia Provincial de Castellón estimó en 2010 el sobreseimiento de la misma respecto a éste y a su exmujer, Mª de los Desamparados Fernández, al considerar que no existía soporte indiciario suficiente para mantener la imputación de ambos.

Vicente Vilar y su exmujer también están imputados en la otra causa del 'caso Naranjax', en la que Carlos Fabra será juzgado por presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho y cuatro delitos contra la Hacienda Pública, en la que el fiscal atribuye al empresario y a su exesposa un presunto delito de cohecho.

CONDENA "JUSTA"

En el juicio oral por los sellos falsos, la defensa de Vilar pidió su absolución, al considerar que éste no había participado en ninguna falsedad, mientras que los letrados de los otros tres acusados se adhirieron al escrito acusatorio y admitieron como "justa" la condena por tales hechos.

La sentencia, difundida hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), da como hechos probados que Vicente Vilar y su exmujer acordaron posiblemente a finales de 2000 o inicios de 2001 presentar documentación manipulada con el objeto de que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación concediera autorizaciones que les permitieran comercializar productos fitosanitarios desde sus empresas Comercial Industrias Químicas Arcavi SL y Artemis 2000 SL.

Montserrat Vives era la administradora única y propietaria de la empresa Arcavi S.L. pero dirigía junto a ella la firma, impartiendo órdenes y actuando como administrador de hecho, su entonces esposo, Vicente Vilar, el cual era administrador único de Artemis 2000 SL

-empresa participada a partes iguales por la acusada Montserrat Vives y por la exmujer del expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, Mª de los Desamparados Fernández- sin quedar probado que esta última conociera o admitiera dicho acuerdo.

Según la sentencia, esa manipulación se llevaba a cabo en el laboratorio de la empresa Laboratorios Ibañez, ubicada en Artana (Castellón) -cuya administradora única y propietaria entonces era Montserrat Vives, si bien como administrador de hecho colaboraba en todo con ella y dirigía con ella la empresa Vicente Vilar- e implicaba la simulación de informes técnicos, de analíticas y cromatogramas realizados a las sustancias y la imitación de documentos supuestamente emitidos por laboratorios de India y China.

Vilar se encargó de ordenar y organizar la manera en que se iban a realizar las manipulaciones mencionadas, para lo que adquirió todo el material necesario y participó en su elaboración, distribuyendo las funciones que iban a asumir el resto de los acusados y revisando toda la documentación que iba a incorporarse con la solicitud antes de su presentación ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Así mismo, según la resolución judicial, al químico acusado, director técnico de Laboratorios Ibáñez en dicha época, Vilar le encomendó la labor de manipular los cromatogramas de todos los expedientes, imitar las firmas de los proveedores chinos y estampar en los documentos los sellos de caucho con imitación de ideogramas chinos, lo que asumió y llevó a cabo, en ese laboratorio, consciente de ser una actividad ilícita.

La exmujer de Vilar, por su parte, asumió la función de firmar todas las solicitudes de autorización de los expedientes que se presentaban en la Subdelegación del Gobierno de Castellón para remitir al Ministerio de Agricultura, una vez que se había preparado toda la documentación necesaria -memorias técnicas y analíticas-, a sabiendas de que la misma había sido manipulada.

Finalmente, el último acusado suministró los sellos falsos a Vicente Vilar y a su exmujer consciente de que iban a usarse para una actividad ilícita. Tras recibir fotocopias de los ideogramas chinos originales, se encargó de conseguir que le fabricaran sellos simulando dichos ideogramas, así como de suministrar a Vicente Vilar papel amarillento que se utilizó para simular los documentos chinos.

La sentencia señala que se manipularon diversos documentos, con sellos y firmas no veraces, y fueron adjudicados por orden de Vicente Vilar a distintos expedientes, presentados posteriormente por la acusada, como gerente de Comercial de Industrias Químicas Arcavi SL ante la Subdelegación del Gobierno de Castellón para su remisión al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, buscando la obtención de autorizaciones para la fabricación de productos fitosanitarios.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana