MADRID, 08 (EUROPA PRESS)
La AUGC ya recurrió la aplicación de las Reales Ordenanzas y la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en una resolución con fecha 17 de octubre de 2012, dictó sentencia desestimatoria al sostener que el carácter militar de la Guardia Civil le debe ser reconocido en la totalidad de sus cometidos y funciones, y no sólo en las funciones militares que le pudieran ser asignadas.
La misma asociación profesional presentó un escrito promoviendo un incidente de nulidad de actuaciones contra la citada sentencia, en el que cuestionaba nuevamente la intervención del Consejo de la Guardia Civil y reiteraba que la aplicación del decreto a la Guardia Civil excedía las previsiones establecidas en normas de rango superior, según informa la Dirección General de la Guardia Civil en un comunicado.
Ahora el Tribunal Supremo en un auto fechado el pasado 4 de abril dice que un incidente de nulidad de actuaciones tiene el objeto de corregir una vulneración de derechos fundamentales y añade que la AUGC no llega a identificar ningún defecto de forma que haya podido causarle indefensión, sino que lo que en realidad pretende es combatir la decisión tomada por la Sala en su sentencia.
El Auto declara no haber lugar al incidente de nulidad de actuaciones por lo que confirma la aplicación de la Reales Ordenanzas a la Guardia Civil. Contra esta decisión no cabe recurso.