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  • EDICIÓN DE 02/04/2013
 
 

Modelos de autoliquidación 410, 420, 421, 422 y 450

02/04/2013
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Resolución de 22 de marzo de 2013, por la que se aprueba la presentación telemática de los modelos de autoliquidación 410, 420, 421, 422 y 450 del Impuesto General Indirecto Canario y el modelo de autoliquidación 450 del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (BOC de 1 de abril de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 2013, POR LA QUE SE APRUEBA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE LOS MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN 410, 420, 421, 422 Y 450 DEL IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO Y EL MODELO DE AUTOLIQUIDACIÓN 450 DEL ARBITRIO SOBRE IMPORTACIONES Y ENTREGAS DE MERCANCÍAS EN LAS ISLAS CANARIAS.

El artículo 7 Vínculo a legislación de la Orden de 4 de marzo de 2013, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática ante la Administración Tributaria Canaria de documentos con trascendencia tributaria, autoriza al Director General de Tributos a determinar las declaraciones tributarias que se pueden presentar y, en su caso, abonar la deuda tributaria telemáticamente ante la Administración Tributaria Canaria.

La presente Resolución aprueba la presentación telemática de diversas autoliquidaciones del Impuesto General Indirecto Canario y del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Desde el día 1 de abril de 2013 se podrán presentar por vía telemática a través de Internet, de acuerdo con las condiciones establecidas en la Orden de 4 de marzo Vínculo a legislación de 2013, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática ante la Administración Tributaria Canaria de documentos con trascendencia tributaria, los siguientes modelos de autoliquidaciones:

- 410 Autoliquidación mensual Impuesto General Indirecto Canario, grandes empresas.

- 420 Autoliquidación trimestral Impuesto General Indirecto Canario, régimen general.

- 421 Autoliquidación mensual Impuesto General Indirecto Canario, régimen simplificado.

- 422 Solicitud de reintegro compensación de sujetos pasivos del Impuesto General Indirecto Canario acogido al régimen especial de la agricultura y ganadería.

- 450 Autoliquidación trimestral Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, régimen general.

Segundo.- La presente Resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Anexos

Omitidos.

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