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Subvenciones del Programa de prácticas no laborales

26/03/2013
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Orden EYE/160/2013, de 18 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de prácticas no laborales realizadas en empresas con compromiso de contratación, y se aprueba su convocatoria para 2013 (BOCYL de 25 de marzo de 2013). Texto completo.

ORDEN EYE/160/2013, DE 18 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS NO LABORALES REALIZADAS EN EMPRESAS CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN, Y SE APRUEBA SU CONVOCATORIA PARA 2013.

En nuestro actual contexto económico ha adquirido un papel relevante la formación de los recursos humanos actuales y potenciales de las empresas como vía para ser más competitivas. Las empresas más competitivas son aquellas capaces de mejorar y retener el talento existente en su entorno. Por otro lado la responsabilidad social empresarial cada vez adquiere mayor importancia dentro de los planes estratégicos de las empresas.

La situación actual de crisis económica ha llevado al desempleo a muchas personas, adquiriendo especial gravedad, en el caso de los más jóvenes. En este contexto, se encuentran con una especial dificultad de inserción en el mercado laboral aquellas personas jóvenes que, aún teniendo una formación académica o profesional acreditada, carecen de experiencia laboral.

El Programa que se recoge en esta orden responde a esta necesidad prestando especial atención a la formación práctica de los jóvenes de nuestra Comunidad, creando las condiciones más favorables para su inserción laboral en Castilla y León y con ello reteniendo el talento generado en nuestra Comunidad.

Esta línea de actuación se enmarca dentro de La Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Castilla y León 2007-2013 y del II Acuerdo Marco para la Competitividad e Innovación Industrial de Castilla y León 2010-2013 que en su eje 10 “Formación y cualificación de las personas”, establece que, en materia de formación para el empleo dirigida a desempleados, se desarrollarán actuaciones orientadas a posibilitar los programas de formación-empleo, fundamentalmente en empresas, a través de un sistema de prácticas o formación en alternancia de los alumnos de últimos cursos o recién titulados.

Los objetivos del presente Programa están en consonancia con los correspondientes de la Estrategia Europea 2020, que hacen referencia al empleo, actuando para el incremento de sus niveles y la mejora de las cualificaciones, y a la Estrategia Española de Empleo 2012-2014 que establece los objetivos generales a tener en cuenta en el diseño de las políticas activas de empleo.

La Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad en el Empleo, aprobada por Acuerdo de 2 de marzo de 2012 del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León, con vigencia para el período 2012-2015, primera de carácter integrado, se configura como referencia básica para la definición de los Planes anuales de Políticas de Empleo a elaborar en el Marco de la Estrategia Española de Empleo, y constituye un Plan Estratégico de subvenciones en los términos previstos en el artículo 8.1 y la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, y en el artículo 4 Vínculo a legislación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Esta Estrategia incorpora el VI Plan Regional de Empleo que, en materia de prácticas no laborales, aconseja potenciar estas medidas, integrándolas y ofreciendo a los ciudadanos y empresas de Castilla y León una oferta conjunta y coordinada de incentivos, a la vista de los éxitos logrados en términos de integración laboral de los participantes y de mejora de competitividad de las empresas.

La desaceleración y ralentización actual de nuestra economía presenta un contexto de incertidumbre y deterioro de nuestro entorno económico, con la consiguiente caída de la actividad económica e incremento de las tasas de desempleo. En aras de conseguir una mayor eficacia de todas las actuaciones vigentes, se considera la necesidad de reforzar aquellas actuaciones que generen una mayor actividad económica y consiguientemente una disminución del desempleo.

Por ello, se han intensificado las actuaciones, dando respuestas a las nuevas necesidades, e impulsando la Junta de Castilla y León un Plan de Estímulos para el crecimiento y el empleo, rubricado el 11 de octubre de 2012, que centra sus objetivos en los jóvenes y parados de larga duración. Con el mismo objetivo se ha concluido un acuerdo, cuyo reflejo se ha producido en la Ley 4/2012, de 16 de julio Vínculo a legislación, de Medidas Financieras y Administrativas, bajo la denominación de Plan especial de empleo, cuyas líneas de actuación han sido acordadas por las Cortes de Castilla y León el 8 de febrero de 2013.

Las subvenciones que se convocan para el año 2013 en este programa podrán estar cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo, con cargo al Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013 de la Comunidad de Castilla y León aprobado por Decisión de la Comisión C (2007) 6714 de 17 de diciembre de 2007.

La posibilidad de cofinanciación deriva de la propia finalidad del Fondo Social Europeo, cuya misión, según el Reglamento (CE) n.º 1081/2006, es reforzar la cohesión económica y social mejorando el empleo y las oportunidades de trabajo, favoreciendo un alto nivel de empleo y la creación de más y mejores puestos de trabajo.

Así, en el marco del objetivo de “Competitividad regional y Empleo”, en el que ha quedado incluida la región de Castilla y León dentro de la política de intervención de los Fondos Estructurales y de Cohesión de la Comunidad Europea para el período 2007-2013, el Fondo Social Europeo apoya, entre otras, las acciones que, como las constitutivas de los programas referidos, pretenden facilitar el acceso al empleo y la inserción duradera en el mercado de trabajo de las personas inactivas y de las que buscan trabajo y a evitar el desempleo, en particular, el de larga duración y el de los jóvenes.

Por otro lado, estos programas se inscriben dentro de la tipología de acciones a realizar dentro de las líneas de acción 2.1 y 2.2, tema prioritario 66, del Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla y León, y en las que se centrará la participación del F.S.E. en orden a la consecución de los objetivos específicos de su eje 2: Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres.

La actual crisis económica hace que sea urgente la puesta en marcha de las medidas fomentadas mediante la presente subvención y por ello y con el fin de reducir al máximo los tiempos de tramitación, se hace uso de la habilitación prevista en el artículo 16.1a) Vínculo a legislación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, procediéndose a la aprobación conjunta de las bases reguladoras de la subvención y la convocatoria correspondiente al año 2013.

En su virtud, teniendo en cuenta las reglas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre Vínculo a legislación, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril Vínculo a legislación, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León y la Ley 3/2001, de 3 de julio Vínculo a legislación, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Objeto de la orden.

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones del Programa de prácticas no laborales realizadas en empresas con compromiso de contratación y hacer pública la convocatoria para 2013, que se incorporan a esta disposición como Anexos I y II respectivamente.

Disposición adicional primera. Régimen de ayuda de “minimis”.

Las subvenciones reguladas por esta orden están sometidas al régimen de ayudas de “minimis”, establecido en el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre, (DOCE L 379 de 28 de diciembre de 2006).

Disposición adicional segunda. Habilitación para la ejecución.

Se faculta al Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de esta orden.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Anexos

Omitidos.

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