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Población de La Iruela

25/03/2013
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Decreto 14/2013, de 19 de febrero, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Conjunto Histórico, el sector delimitado de la población de La Iruela (Jaén) (BOJA de 22 de marzo de 2013). Texto completo.

DECRETO 14/2013, DE 19 DE FEBRERO, POR EL QUE SE INSCRIBE EN EL CATÁLOGO GENERAL DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ANDALUZ COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA TIPOLOGÍA DE CONJUNTO HISTÓRICO, EL SECTOR DELIMITADO DE LA POBLACIÓN DE LA IRUELA (JAÉN).

I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 Vínculo a legislación de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo Vínculo a legislación, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª Vínculo a legislación de la Constitución.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catalogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

Igualmente, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero Vínculo a legislación, declarado vigente por la disposición derogatoria de dicha Ley 14/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, atribuye a la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 Vínculo a legislación del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

II. El municipio de La Iruela pertenece a la comarca Sierra de Cazorla en la provincia de Jaén. Aunque hay datos de presencia humana en el entorno de La Iruela que datan de la Edad del Bronce, las primeras noticias del asentamiento urbano de La Iruela datan de la época islámica, ya en el siglo XI, estando configurada como una alquería, dotada de una muralla y con una fortificacion-refugio en el promontorio que la domina. Conquistada en 1231 por Fernando III el Santo, es cedida al arzobispado de Toledo en la figura de Rodrigo Ximénez de Rada, formando parte desde entonces del Adelantamiento de Cazorla.

Cedida en 1256 a la villa de Cazorla en calidad de aldea, La Iruela trató de obtener su independencia a lo largo del siglo XIII y del XIV, sosteniendo varios enfrentamientos con Cazorla, hasta obtenerla definitivamente en 1378, si bien las disputas con ésta en cuanto a sus respectivas jurisdicciones no cesaron hasta el deslinde definitivo de ambos municipios.

El caserío de la Iruela se asienta, acomodándose a la abrupta orografía, a los pies del castillo roquero, que la protege, y de las anexas ruinas de la renacentista iglesia de Santo Domingo. Esta circunstancia genera un complicado entramado viario en el que todos los elementos implicados se imbrican dando lugar a una población de enorme interés patrimonial por su variedad arquitectónica y calidad ambiental.

III. La Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 1 de abril de 1985 (Boja número 35, de 17 de abril de 1985) incoó el expediente de declaración de conjunto histórico-artístico a favor de La Iruela (Jaén), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936, así como en el Decreto de 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo preceptuado en la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 219, de 8 de noviembre de 2011) y de audiencia al Excmo. Ayuntamiento de La Iruela. Durante la tramitación del procedimiento no se recibieron alegaciones.

Emitieron informe favorable la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en sesión celebrada el 4 de noviembre de 1985, y la Comisión Provincial del Patrimonio Histórico de Jaén, en sesión celebrada el 13 de julio de 2011.

Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 27.1 Vínculo a legislación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Conjunto Histórico, el sector delimitado de la población de La Iruela (Jaén), que se describe en el anexo.

A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero Vínculo a legislación, y en relación con el artículo 40 Vínculo a legislación de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero Vínculo a legislación.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 Vínculo a legislación y 9.7.a) Vínculo a legislación de Ley 14/2007, de 26 noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta del Consejero de Cultura y Deporte y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de febrero de 2013,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Conjunto Histórico, el sector delimitado de la población de La Iruela (Jaén), cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente Decreto.

Segundo. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Tercero. Instar el asiento de este Bien en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Cuarto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 Vínculo a legislación y 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Anexos

Omitidos.

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