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Entorno de protección del Palacio de los Marqueses de Ferrera

20/03/2013
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Decreto 17/2013, de 6 de marzo, por el que se delimita el entorno de protección del Palacio de los Marqueses de Ferrera, en Luarca, en el concejo de Valdés (BOPA de 16 de marzo de 2013).. Texto completo.

DECRETO 17/2013, DE 6 DE MARZO, POR EL QUE SE DELIMITA EL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL PALACIO DE LOS MARQUESES DE FERRERA, EN LUARCA, EN EL CONCEJO DE VALDÉS.

El Palacio de los Marqueses de Ferrera, sito en Luarca, concejo de Valdés, fue declarado Bien de Interés Cultural mediante Decreto de fecha 16 de marzo de 1995. Se trata de un complejo monumental surgido a partir de una torre defensiva medieval, erigida posiblemente en el siglo XIII, y a partir de la cual se fueron edificando posteriormente los Palacios Viejo y Nuevo, unidos mediante una habitación puente.

Mediante Resolución de 18 de febrero de 2010 de la entonces Consejería de Cultura y Turismo, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Palacio de los Marqueses de Ferrera, en Luarca, concejo de Valdés.

Con posterioridad a esa Resolución se ha seguido la tramitación regulada en la Ley de Patrimonio Cultural de Asturias. Se cuenta con informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, la Real Academia de la Historia, y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Mediante Resolución de 15 de noviembre de 2010, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del 3 de diciembre de 2010, se abría un trámite de información pública en relación con este expediente. Durante los veinte días hábiles en los que estuvo abierto este periodo no se recibió comunicación alguna en relación con la propuesta.

Mediante Resolución de fecha 29 de diciembre de 2011 de la entonces Consejería de Cultura y Deporte, se amplió en doce meses el plazo para resolver este procedimiento de delimitación de entorno de protección. Posteriormente, mediante Resolución de 26 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, se suspendió por un máximo de tres meses el plazo de tramitación del expediente, en tanto no se emitiera el informe final, preceptivo y vinculante, del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias.

Durante ese plazo de suspensión del procedimiento tuvo lugar, el 11 de enero de 2013, una reunión del Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en la cual se analizó la tramitación seguida en relación con este expediente y se acordó informar favorablemente la propuesta de delimitación del entorno de protección del Palacio de los Marqueses de Ferrera, sito en Luarca, concejo de Valdés.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 6 de marzo de 2013,

DISPONGO

Artículo único.-Delimitar el entorno de protección del Palacio de los Marqueses de Ferrera, en Luarca, concejo de Valdés, según la descripción literal y gráfica que consta en el Anexo del presente Decreto.

Disposición final única.-El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

ANEXO DEL DECRETO DE DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL PALACIO DE LOS MARQUESES DE FERRERA, EN LUARCA, CONCEJO DE VALDÉS

Delimitación literal del entorno de protección

En virtud de este Decreto se procede a delimitar un entorno de protección para el Palacio de los marqueses de Ferrera, con el que se pretende garantizar la correcta preservación del área más directamente vinculado con el monumento. A la hora de delimitar este entorno se han tenido en cuenta criterios visuales (ámbito visual desde el monumento y hacia el mismo, teniendo en cuenta factores tales como los recorridos de aproximación o las vistas singulares) e históricos (análisis de la relación establecida entre el monumento y su entorno urbano inmediato a lo largo de la historia, que queda reflejado en cuestiones tales como el parcelario de la zona adyacente al palacio o el propio recorrido del Camino de Santiago que atraviesa esta zona de protección, conformando un eje patrimonial que se considera necesario preservar).

El entorno de protección del Palacio de los Marqueses de Ferrera de Luarca está integrado por el espacio comprendido dentro del perímetro delimitado por los siguientes puntos:

Catastro de urbana de Valdés. Polígono 200

Manzana 92446:

1-2 Parte del extremo SO del solar 14, en dirección E, límites de los solares 14, 13, 12 y 1 con la calle del Lobo hasta el extremo NE del solar 1.

2-3 Segmento virtual desde el extremo NE del solar 1 hasta el extremo NO del solar 2.

3-4 Límite de los solares 2, 3 y 4 con la calle del Lobo, hasta el extremo SE del solar 4.

4-5 Segmento virtual atravesando la calle del Lobo desde el extremo SE del solar 4 hasta el extremo NO del solar 13 de la manzana 94444.

Manzana 94444:

5-6 Límite de los solares 13 y 14 con la calle del Lobo hasta el extremo NE del solar 14.

6-7 Segmento virtual desde el extremo NE del solar 14 hasta el extremo NO del solar 15.

7-8 Límite de los solares 15, 1 y 22 con la calle del Lobo hasta el extremo SO del solar 23.

8-9 Segmento virtual desde el extremo SE de la calle del Lobo hasta el extremo SO del solar 23.

9-10 Límite de los solares 22 y 1 con los solares 22, 24 y 25.

10-11 Límite de los solares 1, 2, 3, 4 y 5 con la calle Puerta la Villa.

11-12 Segmento virtual desde el extremo SO del solar 5 hasta el extremo NE del solar 8 de la manzana 94440.

Manzana 94440:

12-13 Límite de los solares 8 y 9 con la calle Párroco Infanzón.

13-14 Límite de los solares 9, 4 y 18 con los solares 10, 11 y 17.

14-15 Límite de los solares 18, 19, 4, 20, 21 Y22 con la calle Paseo de Pilarín.

15-16 Desde el extremo SO del solar 22, segmento virtual hasta el extremo SE del solar 6 de la manzana 94448.

Manzana 92448:

16-17 Límite de los solares 8 y 9 con la calle Párroco Infanzón.

17-18 Límite del solar 3 con el solar 2.

18-1 Segmento virtual desde el extremo NO del solar 3 hasta el extremo SO del solar 14 de la manzana 92446, cruzando la calle Olavarrieta.

Delimitación gráfica del entorno de protección

Ver imagen de la disposición

Datos administrativos

1. Expediente CPCA 438/10.

2. Incoación del expediente:

a) Fecha de incoación:

18 de febrero de 2010.

b) Fecha de notificación de la incoación:

10 de marzo de 2010.

c) Fecha de publicación:

Boletín Oficial del Principado de Asturias: 9 de marzo de 2010

BOE: 5 de abril de 2010.

d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural:

10 de marzo de 2010.

e) Código de anotación preventiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural: R-I-51-0009092

3. Instrucción:

a) Instituciones que han emitido informe favorable:

Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Real Academia de la Historia.

Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias.

b) Fecha y “Diario Oficial” en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: Boletín Oficial del Principado de Asturias de 3 de diciembre de 2010. Duración 20 días hábiles.

c) Resoluciones de ampliación del plazo de tramitación:

- Resolución de 29 de diciembre de 2011, que amplía el plazo de resolución en doce meses.

- Resolución de 26 de diciembre de 2012, que suspende el plazo de resolución de este expediente por un plazo máximo de tres meses, hasta la recepción del informe preceptivo y vinculante del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias.

d) Ayuntamiento oído en el expediente: Ayuntamiento de Valdés.

e) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión del 11 de enero de 2013.

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