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Modelo de la Transparencia y el Buen Gobierno de la Administración Regional

06/03/2013
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Acuerdo de 28/02/2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Modelo de la Transparencia y el Buen Gobierno de la Administración Regional (DOCM de 5 de marzo de 2013). Texto completo.

ACUERDO DE 28/02/2013, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL MODELO DE LA TRANSPARENCIA Y EL BUEN GOBIERNO DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL.

El Gobierno de Castilla-La Mancha considera que la transparencia, el acceso a la información pública, la participación de los ciudadanos y el cumplimiento del buen gobierno deben ser las bases de su actuación política. Al mismo tiempo, la calidad y la modernización en el funcionamiento de los servicios públicos constituyen una prioridad en la prestación de los servicios públicos destinados a los ciudadanos. Por ello, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha aprobó, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2011, el Plan de Medidas de Apoyo a Emprendedores, Autónomos y Pymes, y generar riqueza y empleo para los ciudadanos.

En línea con lo anterior, está en funcionamiento una nueva web institucional y la sede electrónica, dentro de la cual se ha creado el tablón de anuncios, donde pueden publicarse notificaciones, convocatorias e información pública de interés.

Durante 2013 se llevará a cabo un estudio en profundidad de la normativa de los procedimientos con mayor incidencia en la actividad económica, simultáneamente a su informatización, lo que deberá conducir a la reducción de las barreras y cargas derivadas de la actividad burocrática.

Sin embargo, pese a estos indudables avances, el Gobierno regional es consciente de que una revisión a fondo de la calidad de nuestros servicios públicos exige -como medida imprescindible- la adopción de medidas que abran cauces de participación a los ciudadanos, facilitando el acceso a la información sobre la gestión pública para que las instituciones reciban adecuadamente la valoración y expectativas de quienes, ante todo, son los destinatarios de nuestra actividad pública. Para ello, y al encontrarse en tramitación una ley estatal de carácter básico, no se elaborará por ahora otra norma autonómica que pudiera verse afectada por la que finalmente se apruebe.

En el marco establecido por el Gobierno de la Nación y acogiendo las más recientes propuestas de pacto institucional para mejorar la transparencia y la lucha contra la corrupción, en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha se implantarán todas las medidas necesarias para ampliar las actuaciones por la transparencia y el buen gobierno a la actividad política y económica de los órganos gestores y de las entidades del sector público regional. Asimismo, el Gobierno regional adoptará las medidas necesarias, una vez se aprueben por las Cortes Generales la Ley Orgánica de control de la actividad económica-financiera de los partidos políticos, la Ley Orgánica reguladora del ejercicio de las funciones políticas, así como las reformas del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, anunciadas por el presidente del Gobierno.

Con el objeto de priorizar y reforzar el compromiso político del Gobierno con estos principios, se plantea este Acuerdo de Consejo de Gobierno, para poner en marcha de forma inmediata actuaciones que conduzcan a incrementar y reforzar la transparencia en la actividad pública, garantizar el acceso a la información y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables políticos. Para su consecución, se faculta a los órganos competentes a poner en marcha una plataforma de transparencia y buen gobierno donde se contengan los marcadores de transparencia reconocidos, basados en parámetros internacionales existentes, contrastados y ampliamente admitidos en el entorno europeo. Se encomienda en este Acuerdo a la Comisión de Administración Electrónica y Simplificación de Trámites Administrativos la adscripción clara de indicadores a órganos gestores concretos, así como la rendición de cuentas al Consejo de Gobierno.

Un necesario complemento de las actuaciones que se proponen para conseguir la transparencia de la gestión pública son las dirigidas a fomentar el ejercicio responsable, ético y austero de la actuación de los altos cargos de la Administración regional. El anteproyecto de ley estatal en tramitación sobre las materias de transparencia y buen gobierno, en el título que dedica al Buen Gobierno delimita el ámbito, los principios éticos y de actuación, las infracciones tipificadas y el régimen sancionador previsto para su incumplimiento. Esta normativa, por su carácter básico, será de aplicación directa a los altos cargos de la Administración regional, por lo cual es conveniente planificar el despliegue que necesitará esta Administración una vez aprobada la mencionada ley estatal.

Por todo lo cual, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Presidencia y Administraciones Públicas, en sesión celebrada el 28 de febrero de 2013 adopta el siguiente Acuerdo:

Primero.- Modelo de “Buen Gobierno”.

La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha adopta el “Modelo de la Transparencia y el Buen Gobierno”, que se implementará a través de:

a) Plataforma de la Transparencia y el Buen Gobierno, plataforma web abierta a los ciudadanos y con acceso directo desde la web institucional de la Junta de Comunidades, donde se fomente la participación y el buen gobierno y se muestren los marcadores de transparencia admitidos comúnmente en el entorno europeo y demás administraciones públicas españolas.

b) La definición y seguimiento riguroso de principios éticos que han de guiar la actuación de los altos cargos.

Segundo.- Ámbito subjetivo de aplicación.

El presente acuerdo se aplicará a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes, a las empresas y fundaciones públicas regionales y a los consorcios participados mayoritariamente por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Tercero.- Plataforma de la Transparencia y el Buen Gobierno.

1. En la implantación y desarrollo de la “Plataforma de la Transparencia y el Buen Gobierno”, deberán tenerse en cuenta los siguientes principios:

a) Incrementar y garantizar la transparencia en la actividad pública con criterios de accesibilidad y disponibilidad. La presentación de contenidos será sencilla, dedicando accesos clasificados según las diferentes áreas de transparencia (información institucional, sociedad y ciudadanía, economía y finanzas, contratación pública, urbanismo y territorio, otros indicadores) y, dentro de estos accesos, se mostrarán los indicadores de forma que sea fácil su consulta.

b) Disponibilidad. Ocupará un lugar preferente en la Web institucional y estará operativo todas las horas de todos los días del año.

c) Participación. La plataforma web será un espacio abierto al ciudadano, y dentro de él se establecerán los canales necesarios, redes sociales y espacios de participación ciudadana, para que los usuarios puedan contribuir con sus opiniones a construir una gestión pública mas abierta.

d) Acceso a la información pública: el Gobierno instrumentará las medidas necesarias para garantizar el acceso de los ciudadanos a la información pública en los términos previstos en la legislación vigente.

2. La Plataforma de la Transparencia y el Buen Gobierno será el medio de comunicación ágil y preferente entre la Administración regional y los ciudadanos y tendrá como objetivos:

a) Facilitar la información sobre los indicadores, que constituyen la base reconocida en la actualidad de la transparencia en la actuación de las administraciones públicas, así como introducir una forma sistemática y homogénea para su elaboración. Con ello se pretende facilitar a los ciudadanos la visibilidad de la situación real de la Comunidad Autónoma, conforme a parámetros objetivos, y mejorar los resultados de los informes sobre transparencia obtenidos hasta la fecha.

b) Proporcionar información institucional organizativa y de planificación de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, información de relevancia jurídica e información económica, presupuestaria y estadística.

c) Articular el derecho de acceso a la información pública, en los términos que se regule con carácter básico por el Gobierno de la Nación.

d) Abrir canales de información que permitan a la Administración regional conocer, de forma ágil y sin burocracia, la opinión de los ciudadanos sobre las políticas seguidas en las diferentes áreas, así como las expectativas que tienen respecto de la prestación de los servicios.

e) Permitir que los ciudadanos conozcan de forma directa la motivación de las actuaciones administrativas para favorecer un acercamiento sociedad-administración.

Cuarto.- Compromisos en materia de transparencia, información pública y participación ciudadana.

La Administración de la Junta de Castilla-La Mancha promoverá la transparencia de la información pública mediante la implantación de un sistema integral de información a través de diferentes canales para garantizar el acceso de los ciudadanos con independencia de su lugar de residencia, formación, recursos, circunstancias personales o situación social, con respeto a los límites establecidos por la legislación vigente, especialmente en materia de protección de datos de carácter personal.

1.- Información institucional, organizativa y de planificación: los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de este Acuerdo publicarán información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les sea de aplicación, su estructura organizativa, el inventario actualizado de los procedimientos administrativos, el catálogo general de los servicios que presta y las cartas de servicios, y los planes y programas plurianuales en que se fijen objetivos concretos.

2.- Información de relevancia jurídica: la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se compromete a publicar:

a) Los anteproyectos de Ley.

b) Los proyectos de reglamento.

c) Las memorias que conformen los expedientes de elaboración de los textos normativos.

d) Todas aquellas normas que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un período de información pública durante su tramitación.

3.- Información económica, presupuestaria y estadística: los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este artículo publicaran los contratos formalizados, los convenios suscritos, las subvenciones y ayudas públicas concedidas, los presupuestos, las cuentas anuales, las retribuciones de los altos cargos y la información económica y estadística más relevante.

4.- En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este Acuerdo, se pondrá en marcha el Registro de Participación Ciudadana, en el que se podrán inscribir voluntariamente los ciudadanos y entidades que deseen recibir información sobre materias específicas de competencia de la Junta, que sea susceptible de ser proporcionada y en los términos que se establezcan por la legislación vigente.

5.- La Plataforma de la Transparencia y el Buen Gobierno deberá estar operativa antes del 30 de junio del 2013 en una primera fase, donde se contenga los accesos por áreas y la información genérica sobre su finalidad y funcionamiento.

A fecha 31 de diciembre, deberá estar finalizada la adaptación de la información para todos los indicadores de la plataforma web.

Quinto.- Principios éticos del Buen Gobierno.

Los miembros del Gobierno de Castilla-La Mancha y los altos cargos de la administración regional actuarán, en el desempeño de sus funciones, de acuerdo con la Constitución Vínculo a legislación y el resto del ordenamiento jurídico y ajustaran sus actuaciones a los siguientes principios éticos y de conducta: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, credibilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez y de la igualdad entre hombres y mujeres.

En la interpretación de estos principios, el Gobierno de Castilla-La Mancha se regirá por la normativa que en la materia sea de aplicación a los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración General del Estado.

Sexto.- Compromisos en cumplimiento de la Transparencia y Buen Gobierno.

1- La persona titular de la Secretaría General de cada una de las consejerías que conforman el Gobierno de Castilla- La Mancha y los titulares de los organismos o entidades previstas en el apartado segundo de este acuerdo, serán los responsables de suministrar toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el apartado cuarto del mismo.

2- El Gobierno extremará el control de posibles casos de incumplimiento de los principios éticos del buen gobierno conforme a los requisitos exigidos por la legislación vigente.

Séptimo.- Impulso, seguimiento y evaluación.

1. El consejero de Presidencia y Administraciones Públicas propondrá al Consejo de Gobierno las medidas que considere adecuadas, tanto de naturaleza normativa como ejecutiva, para conseguir la plena implantación en la comunidad autónoma de la ley estatal básica en materia de transparencia y buen gobierno, así como de otras leyes básicas que afecten a esta materia.

La propuesta de estas medidas se realizará a lo largo del mes siguiente al de la entrada en vigor de la Ley estatal básica.

2. La Plataforma de la Transparencia y el Buen Gobierno dependerá de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, siendo la Comisión de Administración Electrónica y Simplificación de Trámites Administrativos el órgano colegiado que aprobará los trabajos que deben llevar a cabo las Consejerías, para adaptar los informes derivados de su gestión al formato de indicadores que deberán ubicarse en la Plataforma.

3. La Dirección General de Comunicación será el órgano encargado de la coordinación de la gestión derivada del “e-gobierno”, impulsando el uso de la web social, para facilitar la comunicación del gobierno y la distribución de la información.

4. La Inspección General de Servicios elaborará semestralmente informes de evaluación sobre comportamiento de indicadores, que elevará a la Comisión de la Administración Electrónica y Simplificación de Trámites Administrativos, coordinará la participación (a través de las consultas, quejas y sugerencias), la sede electrónica y la gestión de la calidad y la modernización de los servicios públicos.

5. La Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías impulsará programas para promover el uso de las nuevas tecnologías y la implantación de la sociedad de la información, mediante la gestión y el desarrollo del open data y otras aplicaciones y proveerá de la infraestructura tecnológica y herramientas apropiadas para el desarrollo de estas actuaciones.

Octavo.- Adscripción de indicadores de transparencia a órganos gestores concretos.

1. La Comisión de Administración Electrónica y Simplificación de Trámites Administrativos acordará la adscripción y elaboración con cada órgano gestor de cada uno de los indicadores que miden la transparencia. El órgano gestor responderá del mantenimiento de la información actualizada.

2. Para facilitar al Consejo de Gobierno la evaluación de los órganos gestores, la Comisión presentará en su informe anual el ranking de transparencia interna desagregado por indicadores, sin perjuicio de la posibilidad de elevar informes semestralmente permitiendo así implantar actuaciones que corrijan las desviaciones.

3. Asimismo, la Comisión elevará en su informe detalle de las Mejores Prácticas detectadas a través del estudio de los indicadores, para facilitar a la organización la posibilidad de su extensión a otras áreas de actuación y también para hacer posible su reconocimiento a aquellos servidores públicos que hayan tenido un comportamiento responsable, ético y austero que exceda de lo exigido por las normas vigentes y los usos administrativos comparados.

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