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Ofertas de espectáculos para el Programa Enrédate

22/02/2013
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Resolución de 15 de febrero de 2013, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas de espectáculos para el programa Enrédate. Red Andaluza de Teatros Públicos, para el semestre julio-diciembre de 2013 (BOJA de 21 de febrero de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE FEBRERO DE 2013, DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR LA QUE SE CONVOCA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE ESPECTÁCULOS PARA EL PROGRAMA ENRÉDATE. RED ANDALUZA DE TEATROS PÚBLICOS, PARA EL SEMESTRE JULIO-DICIEMBRE DE 2013.

En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 Vínculo a legislación de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo Vínculo a legislación, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principios rectores, el libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto a la diversidad cultural, así como la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía. A su vez, el artículo 68.3.1.º establece que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende las actividades artísticas y culturales que se lleven a cabo en Andalucía, así como el fomento de la cultura, en relación con el cual se incluye el fomento y la difusión de la creación y la producción teatrales, musicales, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª Vínculo a legislación de la Constitución.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Cultura, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril Vínculo a legislación, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales ha detectado una importante recesión en la actividad escénica de los teatros municipales de la Comunidad. Este fuerte descenso de la programación de espectáculos de danza, teatro, circo, flamenco y música, está provocando, por un lado, un importante handicap para el acceso a la cultura de los ciudadanos residentes en municipios pequeños y medianos, alejados de los grandes núcleos urbanos y, de otro, una severa caída de la actividad de las empresas de producción artística de la Comunidad, que han visto drásticamente mermado su mercado natural.

Por ello, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales está interesada en seleccionar espectáculos de danza, teatro, circo, flamenco y música de especial interés cultural para su programación en los municipios titulares de teatros dentro del programa “Enrédate. Red Andaluza de Teatros Públicos”.

El programa “Enrédate. Red Andaluza de Teatros Públicos”, tiene a su vez como objeto la colaboración en la financiación de la programación de espectáculos de compañías de teatro, danza, circo, flamenco y formaciones musicales andaluzas en los teatros públicos municipales de la Comunidad y a la vez contribuir al desarrollo del tejido empresarial andaluz de las artes escénicas y la música.

Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril Vínculo a legislación,

RESUELVO

Primero. Objeto.

Esta Resolución tiene por objeto convocar la presentación de ofertas de espectáculos de teatro, danza, música, circo y flamenco para formar parte del Catálogo conforme al que se establecerá la programación correspondiente a la temporada 2013 de los municipios andaluces adheridos al programa “Enrédate. Red Andaluza de Teatros Públicos”.

Con las compañías y formaciones titulares de los derechos de explotación de espectáculos seleccionados que finalmente sean programados por los municipios adheridos al programa, se suscribirán, tanto por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales como por los municipios adheridos, los correspondientes contratos de representación pública, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 Vínculo a legislación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Segundo. Requisitos de los participantes.

Podrán presentar sus ofertas de espectáculos de teatro, danza, música, circo y flamenco las entidades con domicilio social en Andalucía o sus representantes legales.

La convocatoria se dirige a compañías y formaciones profesionales, de carácter privado, constituidas en alguna de las figuras empresariales previstas por la Ley, quedando expresamente excluidas las asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro.

No obstante, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales podrá invitar a compañías o formaciones de reconocido prestigio no residentes en Andalucía, que serán sometidas a la valoración de la Comisión Plenaria del programa, a efectos de seleccionar aquellas cuyos espectáculos se integren finalmente en el Catálogo, sin que, en ningún caso, el número de espectáculos de compañías no residentes en Andalucía seleccionados pueda superar el 15% del número total de espectáculos que conformen el citado Catálogo.

El espectáculo propuesto deberá haber sido estrenado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

Tercero. Solicitud.

1. Lugar y plazo de presentación.

1. La solicitud, suscrita por el representante legal de la compañía o formación y dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se presentará preferentemente en la Unidad de Artes Escénicas y Música, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales sita en el Edificio Estadio Olímpico, Puerta M, Isla de la Cartuja, s/n, 41092, Sevilla.

Podrá también presentarse mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso, deberán comunicarlo a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales mediante correo electrónico [email protected]

La solicitud deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente Resolución, que se podrá obtener en la web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales así como en la web del programa, www.enredateandalucia.es.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Contenido de la solicitud.

Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I) las solicitudes se acompañarán de:

Documentación de la oferta:

- Dossier de la trayectoria de la compañía/formación.

- Dossier del espectáculo.

- Fichas técnica y artística.

- Grabación videográfica de los 5 minutos más representativos.

Oferta económica:

- Desglose del caché estimativo del espectáculo para el programa.

Cuarto. Trámite de subsanación.

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa Resolución.

El acto de subsanación se notificará de forma conjunta a todas las compañías interesadas publicándose en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en los términos del artículo 59.6.b) Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

Quinto. Procedimiento de selección.

Las propuestas presentadas serán objeto de una selección por parte de la Comisión Plenaria del programa, que estará compuesta por la totalidad de los gestores culturales de los teatros municipales que se adhieran al programa y el correspondiente personal técnico designado por resolución del Director de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Serán seleccionados aquellos espectáculos que hayan sido elegidos por un mayor número de miembros de la Comisión Plenaria.

Estos espectáculos conformarán el Catálogo del que los gestores culturales de los teatros adscritos seleccionarán los que compondrán sus programaciones.

En el caso de los espectáculos de música y flamenco, la Agencia a través de sendas comisiones de expertos realizará una preselección de aquellos que considere más adecuados para el programa. Esta preselección se pondrá a disposición de la Comisión Plenaria, que realizará la selección final.

Para el programa Abecedaria la selección y programación de los espectáculos se realizará a través de una comisión de expertos en educación y artes escénicas de la Agencia.

Sexto. Evaluación de las ofertas.

Para la evaluación de las ofertas presentadas, la Comisión Plenaria tomará en consideración los siguientes criterios:

- Valoración artística del espectáculo.

- Valoración de la trayectoria de la compañía/formación.

- Innovación y apuesta por la creación contemporánea.

- Adecuación a la programación del espacio escénico.

- Compromiso con la igualdad de género.

- Compromiso con los derechos de la infancia y la contribución a la formación artística del público infantil y juvenil.

- Oferta económica (Caché).

La selección de los espectáculos que formarán parte de la programación de Abecedaria se llevará a cabo por una comisión de expertos en educación y artes escénicas de la Agencia, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

- El valor artístico y cultural de la actividad o representación.

- Adaptación de los espectáculos a los distintos ciclos educativos (Educación infantil 0-3 y 3-6 años, 1.º, 2.º y 3.er ciclo de Primaria y Educación Secundaria) en propuestas escénicas, desarrollo y temáticas.

- En los proyectos de música que se presenten para solistas en el aula y conciertos didácticos se valorará la inclusión de la figura del comunicador con el público infantil y será necesario un técnico de sonido para actuar en espacios escénicos. Igualmente se valorará el carácter original de la música.

- Propuestas escénicas que abran el imaginario infantil, que tengan en cuenta la problemática y vivencias actuales de la infancia, la perspectiva de género, que aporten modelos de investigación en estéticas y valores acordes con la formación de espectadores/as, críticos, selectivos y creativos.

- El caché y las condiciones económicas propuestas (relación calidad-precio).

- Las condiciones técnicas exigidas.

Séptimo. Condiciones de desarrollo del programa.

- Los espectáculos seleccionados por la Comisión Plenaria conformarán el Catálogo de donde cada gestor cultural de los teatros adheridos deberá elegir los que compondrán su programación.

- El caché que figurará en el Catálogo será considerado estimativo y servirá de referencia como precio máximo. En todo caso, el caché no podrá ser superior a 11.000 € (IVA incluido).

- Las condiciones económicas definitivas así como el resto de los acuerdos y pormenores sobre la/s representación/es, habrán de ser acordados entre cada teatro y compañía/formación.

- La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales cofinanciará, junto con los teatros municipales adheridos, los espectáculos del Catálogo que sean finalmente programados.

- El Catálogo será único para todas las modalidades, por lo que los responsables de los teatros podrán seleccionar indistintamente espectáculos de teatro, danza, música circo, ya sea para público adulto o infantil, sin tener que limitarse a una modalidad concreta, resultando necesario para seleccionar espectáculos de flamenco haberse adherido previamente a esta modalidad. Sólo tendrán la obligación de incluir al menos un espectáculo de danza por temporada, ya sea de calle o de sala.

- En el caso del programa Abecedaria, la selección de un espectáculo implica la realización de una gira determinada por la Agencia.

- El abono del caché resultante de esta negociación será abonado al 50% por cada teatro y la Agencia por lo que, una vez concretadas las representaciones, la compañía/formación deberá establecer los preceptivos contratos de representación pública tanto con el ayuntamiento (o entidad jurídica pública que ostente la representación del teatro) como con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Del mismo modo deberá emitir contra cada una de las instituciones la factura correspondiente a su parte del total del caché.

- La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales podrá no aceptar una determinada representación en un determinado teatro si constata una falta de adecuación entre las necesidades técnicas de un espectáculo y las características o la dotación del teatro. En este caso se invitaría al teatro a elegir otro espectáculo.

Octavo. Forma de pago.

La Agencia abonará a las compañías/formaciones la parte correspondiente del caché de las representaciones realizadas en el programa, previa presentación de las correspondientes facturas emitidas con las formalidades legalmente establecidas.

Noveno. Devolución de solicitudes originales.

1. La documentación de las propuestas no seleccionadas quedará a disposición de los interesados durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la Resolución, en la oficina de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, Unidad de Artes Escénicas y Música.

2. La documentación no retirada en esta fecha pasará a formar parte de los fondos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con fines de documentación y archivo.

Anexos

Omitidos.

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