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Convierte el acceso a la Justicia en "una quimera"

La Abogacía recurre las tasas de Gallardón en la Audiencia Nacional

29/01/2013
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El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha presentado este lunes ante la Audiencia Nacional un recurso en el que pide que se anule la orden ministerial que regula el pago de las nuevas tasas judiciales y que se eleve cuestión de inconstitucionalidad contra una ley que convierte el acceso a la Justicia en "una quimera para un muy significativo número" de ciudadanos.

MADRID, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo ha tenido que pagar al interponer su recurso una tasa de 396 euros --440 euros menos el descuento por hacerlo a través de por Internet_ ante la Agencia Tribuntaria, un tributo que también impugnará en un recurso contencioso-administrativo.

El recurso presentado esta mañana ante la Audiencia Nacional, firmado por Carlos Carnicer, se ha tramitado después de que el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española, que agrupa a los 83 decanos de Colegios de abogados, haya autorizado su interposición.

La Abogacía Española reclama la nulidad de la orden del Ministerio de Hacienda por la que se aprobó el modelo de autoliquidación y devolución de las tasas porque en su tramitación se omitió el trámite preceptivo de audiencia al Consejo de Estado, la intervención del Ministerio de Justicia y del Consejo de Ministros y el "reglamentario" dictamen del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Argumenta que la normativa vigente establece que una orden ministerial habrá de ser sometida al dictamen del Consejo de Estado si las determinaciones que contenga se engarzan directamente con una ley. Ve también preceptivo el informe del CGPJ en las disposiciones que afecten a aspectos jurídico-constitucionales de la tutela ante los tribunales del ejercicio de derechos fundamentales y cualesquiera otro que afecten al funcionamiento, organización y gobierno de los juzgados y tribunales.

Ha solicitado a la Audiencia que suspenda cautelarmente la orden ministerial porque el interés general que "pueda subyacer tras la imposición de las tasas debe quedar postergado ante otro interés general mucho más relevante: el de los ciudadanos para acceder a la Justicia sin restricciones injustificadas y sin que se lesione su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución".

No obstante, el tribunal ya rechazó la pasada semana suspender provisionalmente las tasas porque sería "prejuzgar sobre el fondo del asunto", oponiéndose así a la medida cautelar reclamada por el Colegio de Abogados de Orense.

"VICIO DE INCONSTITUCIONALIDAD" DE LA LEY DE TASAS

La Abogacía demanda a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que plantee además una cuestión de inconstitucionalidad ante el TC contra la nueva ley de tasas judiciales porque la cuantía de los nuevos gravamenes es "tan" elevada que impide en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables" y "hace que acceder a la Jurisdicción sea ya una quimera para un muy significativo número de españoles y extranjeros".

Para la recurrente, el "enorme" incremento que han sufrido las tasas judiciales conlleva un efecto disuasorio que determina "una inexorable imposibilidad de acceso a la jurisdicción y un injusto desconocimiento del derecho a la tutela judicial efectiva".

Añade que el Tribunal Constitucional ha avalado estos tributos en el caso de "personas jurídicas con ánimo de lucro, sujetas al Impuesto de Sociedades y con una facturación anual elevada", por lo que aplicarlos a ciudadanos o personas jurídicas sin ánimo de lucro puede incurrir en "vicio de inconstitucionalidad".

"El criterio de capacidad económica para hacer frente a las tasas no se encuentra suficientemente garantizado con la simple remisión a la futura Ley de Asistencia Jurídica Gratuita", precisa.

En el ámbito contencioso-administrativo, advierte de que el control judicial estará "vedado" en la práctica en asuntos de menos de 600 euros. "La completa potestad sancionadora de las Administraciones Públicas no va a ser sometida a contraste de legalidad alguno ante los órganos judiciales", agrega.

Tras calificar la tasa como una barrera de acceso al proceso judicial, denuncia que la "imprecisión normativa" y la "deficiencia ténica" de la orden genera una indefensión, que alcanza "su mayor expresión" en el régimen de los trabajadores y en los procedimientos de extranjería, en los que no se tenga reconocido el derecho a lal asistencia jurídica gratuita.

Explica que la Orden de Hacienda establece en materia de devoluciones que éstas no entrarán en vigor hasta el 1 de abril de 2013, posponiendo de esta forma la entrada en vigor de una parte esencial de la Ley de Tasas, por "una falta de existencia de una adecuada interconexión informática entre los tribunales de Justicia y la AEAT". Además, se establecen "situaciones jurídicas irreversibles" como la obligación de la presentación telemática de los impresos de pago de tasas cuando el ciudadano carezca de acceso a Internet.

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