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Chivatazo

La Audiencia Nacional confirma el procesamiento de los agentes acusados de dar el soplo

16/01/2013
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Elogia el "excelente trabajo" del juez Ruz aunque no entra a valorar si hubo delito de colaboración con organización terrorista

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha confirmado el procesamiento del exjefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y el inspector José María Ballesteros por el chivatazo al aparato de extorsión a la banda terrorista ETA que se produjo en el bar 'Faisán' de Irún (Guipúzcoa) el 4 de mayo de 2006, lo que implica que se sentarán en el banquillo de los acusados.

En un auto notificado este martes, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal rechaza el recurso de apelación presentado por las defensas de los agentes, y señala que el juez Pablo Ruz ha realizado "un excelente trabajo" y que las "objeciones" que la Sala de lo Penal le puso en septiembre de 2011, cuando revocó el primer auto de procesamiento, han quedado "sobradamente aclaradas, superadas y resueltas".

El tribunal, en todo caso, no valora si los hechos investigados constituyen los delitos de colaboración con banda armada y revelación de secretos apuntados por el juez instructor, y señala que las acusaciones tendrán que fijar "el objeto del proceso en el momento oportuno". En caso de que no se apreciara el delito de colaboración con banda armada, los procesados serían juzgados por la Audiencia de Guipúzcoa, donde se produjeron los hechos.

INDICIOS CONTRA LOS PROCESADOS

A pesar de la "dificultad" que tienen las causas en las que "los hechos no están acreditados por evidencias directas, que podrán convertirse en pruebas directas en su momento", los magistrados Fernando García Nicolás, Julio de Diego y Enrique López (ponente) destacan la existencia de "indicios de criminalidad" contra los dos procesados.

El "más importante" es la serie de fotogramas revelados por la Guardia Civil tras la digitalización de la cinta de videovigilancia del establecimiento en la que "se podía observar al imputado José María Ballesteros en las inmediaciones y, más tarde, saliendo del bar 'Faisán' en un lapso horario coincidente con las llamadas efectuadas" entre el imputado y Pamies.

El auto también recuerda que el informe policial del comisario Carlos Germán, que dirigió la operación contra el aparato de extorsión y la investigación sobre el soplo, recogía que el móvil de Ballesteros se encontraba en las cercanías del bar y que él mismo reconoció ante el juez que era él quien aparecía en el vídeo.

LAPSO HORARIO

Además, los magistrados recuerdan que el dueño del 'Faisán', Joseba Elosua, confirmó en su segunda declaración judicial que la filtración se produjo en el horario señalado por el equipo investigador (entre las 11.20 y las 11.30) coincide con la presencia de Ballesteros en el bar. Según Elosua, a esa hora en el 'Faisán' "sólo había una persona que fuera extraña, pues todos eran de Iparralde y estaban hablando francés".

La Sala también cierra la vía a otras hipótesis reflejadas por las partes personadas en el proceso, al descartar que el chivatazo pudiera haber partido de otros cuerpos distintos a la Policía Nacional o se hubiera dado utilizando teléfonos por satélite.

"Todo ello no puede conducir más que a considerar sumamente correcto el auto del juez de Instrucción", señala el auto de la Sección Segunda antes de añadir que el segundo auto de procesamiento "no sólo ha reafirmado los indicios existentes" sino que además estos "han sido reforzados con nuevas diligencias".

"VOLUNTAD DE COLABORACIÓN"

Tras recordar que la calificación jurídica en un auto de procesamiento es "provisional", el auto de la Sección Segunda sostiene que la jurisprudencia del Supremo establece que existe delito de colaboración con organización terrorista si el imputado tiene "conocimiento y voluntad de la colaboración que se está prestando a la organización", resultando irrelevante si comparte sus "fines o móviles".

A este respecto cita la resolución del TS que absolvió en julio de 2012 a las empresarias Blanca Rosa y María Isabel Bruño Azpiroz, que habían sido condenadas por la Audiencia Nacional a un año y tres meses de cárcel por pagar a ETA 6.000 euros tras recibir sendas cartas de extorsión en 2003 y 2006, al estimar que actuaron por "miedo insuperable".

Con esta resolución, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, que preside el magistrado Alfonso Guevara, dictará el auto de apertura de juicio oral contra Pamies y Ballesteros y solicitará a las partes que presenten sus informes de acusación y defensa. Según fuentes jurídicas, los dos podrían ser juzgados antes del verano.

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