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La reconstrucción del Estado; por José María Baño León, Catedrático de Derecho administrativo de la Universidad Complutense de Madrid

27/12/2012
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El día 27 de diciembre de 2012, se ha publicado en el diario ABC, un artículo de José María Baño León, en el cual el autor considera que la quiebra del Estado de Derecho se produce cuando el complejo sistema de gobierno no funciona, de modo que la ley no impera, sino que queda sojuzgada en un barullo normativo. El autor recomienda la lectura de la obra, Informe sobre España. Repensar el Estado o destruirlo, de Santiago Muñoz Machado, libro que desde su mismo título convoca a la reflexión.

LA RECONSTRUCCIÓN DEL ESTADO

Santiago Muñoz Machado, que ha sido el jurista decisivo en la organización racional del Estado autonómico, ha escrito un lúcido e inquietante libro (Informe sobre España. Repensar el Estado o destruirlo), que desde su mismo título convoca a la reflexión. Desmenuza el profesor Muñoz Machado lo que es una evidencia para cualquier jurista: el Título VIII de la Constitución no ofrece respuesta segura alguna para las necesidades actuales y se ha llegado a tal grado de complejidad en los Estatutos de Autonomía, en la organización de las instituciones públicas y en la jurisprudencia constitucional que, incluso para garantizar la estabilidad presupuestaria exigida por la última reforma constitucional, el legislador tiene que invocar el artículo 155 de la Constitución, es decir, la aplicación de poderes de excepción pensados para situaciones críticas.

Resumo en una frase el enorme caudal de preocupaciones e ideas que se concitan en este libro: es imprescindible una reforma constitucional del Título VIII de la Constitución ordenando las competencias sobre un esquema lógico, aunque el autor, consciente de las dificultades, no renuncie a “una reforma importante” utilizando la legislación orgánica y ordinaria; debe resolverse con medidas apropiadas la ejecución de la legislación del Estado por las Comunidades Autónomas; ha de establecerse una financiación adecuada para los servicios públicos, y las pretensiones soberanistas han de encauzarse por la vía constitucional: “es el pueblo español, mediante una reforma constitucional aprobada en referéndum, el primero que tendría que autodeterminar su futuro” (pág. 242). Según Muñoz Machado, si no se afronta de manera inmediata la reforma, se corre el serio riesgo de que nuestra mitificada Constitución tenga la misma suerte que las que la precedieron, víctimas de un nuevo e incierto “poder constituyente”.

El reto es enorme. El desgaste de una organización territorial mal concebida ha coincidido con una situación crítica, o por mejor decir, con la confluencia de tres crisis: la económica, la del euro y la de la gobernación del país. La primera, ha puesto de relieve nuestras carencias; la segunda, nos impide el remedio tradicional e indoloro de la devaluación; la última, amenaza con poner en cuestión el propio Estado de Derecho.

La quiebra del Estado de Derecho se produce cuando el complejo sistema de gobierno no funciona, de modo que la ley no impera, sino que queda sojuzgada en un barullo normativo; cuando, pese a una sentencia del Tribunal Constitucional, se mantiene una interpretación contraria, o cuando una ley inconstitucional, patentemente contraria a las bases estatales, se aplica durante años, ya que quienes pueden interponer recursos de inconstitucionalidad contra la misma no lo hacen. En el Informe sobre España se ofrecen soluciones razonables, como permitir a los jueces la inaplicación de leyes autonómicas contrarias a la jurisprudencia constitucional o a las bases estatales, sin perjuicio del planteamiento posterior de la cuestión correspondiente al TC.

Es difícil, desde luego, encontrar soluciones técnicas cuando los actores políticos se acogen exclusivamente a los mitos. Pero los juristas si podemos ayudar a racionalizar el debate, como demuestra la lectura del libro de Muñoz Machado. Por ejemplo, no parece muy razonable esgrimir un inexistente derecho de secesión, condicionado al mantenimiento del territorio segregado en la Unión Europea. Los efectos jurídicos de una secesión cuentan y mucho en una Unión que es, ante todo, una comunidad de derecho. Del mismo modo, las denuncias sobre una posible infrafinanciación de una Comunidad Autónoma deben basarse en un análisis económico objetivo y contrastado de las balanzas fiscales. Porque no tendría sentido alguno que el mayor nivel de autogobierno de una comunidad se compadeciera con una aportación desproporcionada a la inesquivable solidaridad interterritorial. Estamos hablando de medidas, no de mitos políticos.

Si el debate político tuviera en cuenta la realidad de los hechos sería mucho más sencillo el compromiso y el acuerdo. En la Unión monetaria, la soberanía de los Estados se ha reducido a la mínima expresión. Países como Italia y España abanderan ante la Unión la intervención del Banco Central Europeo para reducir los diferenciales de deuda. Lo que piden estos países es un mínimo de solidaridad. Resulta paradójico, sin embargo, que en España el mito político de la soberanía tenga tal fuerza de atracción que se proponga como una solución dentro de la Unión Monetaria. La fragmentación de los Estados tradicionales sólo puede conducir a una mayor hegemonía de los países “eurofuertes”, y a largo plazo, a la destrucción de la UE. Frente a este reto es innegable el papel protagonista de los políticos e imprescindible el diálogo entre los partidos. Pero haría mal nuestra clase dirigente si hiciera oídos sordos a quienes, desde el mundo del Derecho Público, algo tienen que decir sobre la manera de reconstruir el Estado.

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