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Estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo

21/12/2012
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Decreto Foral 126/2012, de 12 de diciembre, por el que se modifica el Decreto Foral 66/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo (BON de 20 de diciembre de 2012). Texto completo.

DECRETO FORAL 126/2012, DE 12 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 66/2012, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA, INDUSTRIA Y EMPLEO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Mediante el Decreto Foral 66/2012, de 25 de julio Vínculo a legislación, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo.

En este momento resulta oportuno modificar el citado Decreto Foral, a fin de adecuar la estructura de la Dirección General de Industria, Empresa e Innovación a las nuevas necesidades de apoyo al sector empresarial. A tal fin se crea el Servicio de Reindustrialización, Competitividad y Proyectos Estratégicos, se suprime el Servicio de Sociedad de la Información y se adecua la denominación, adscripción y competencias de varias Secciones. Estos cambios no conllevan incremento de estructura.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día doce de diciembre de dos mil doce,

DECRETO:

Artículo único.-Modificación del Decreto Foral 66/2012, de 25 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo.

Uno. Se modifican los artículos 49 Vínculo a legislación, 50 Vínculo a legislación, 51 Vínculo a legislación, 52 Vínculo a legislación, 53 Vínculo a legislación, 57 Vínculo a legislación, 61 Vínculo a legislación, 63 Vínculo a legislación y 64 Vínculo a legislación del Decreto Foral 66/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, que quedan redactados de la siguiente manera:

"Artículo 49. Estructura de la Dirección General de Industria, Empresa e Innovación.

La Dirección General de Industria, Empresa e Innovación se estructura en los siguientes Servicios:

a) Servicio de Fomento Empresarial.

b) Servicio de Innovación y Transferencia del Conocimiento.

c) Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial.

d) Servicio de Reindustrialización, Competitividad y Proyectos Estratégicos.

e) Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa.

Artículo 50. Ámbito material de competencias del Servicio de Fomento Empresarial.

El Servicio de Fomento Empresarial ejercerá las atribuciones previstas en este Decreto Foral con relación a las siguientes materias:

-Fomento de la actividad inversora empresarial.

-Promoción de áreas de actividad económica.

-Impulso de los sectores empresariales.

-Coordinación y seguimiento del Plan para la Promoción de la Sociedad de la Información.

-Fomento del uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

-Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 51. Estructura del Servicio de Fomento Empresarial.

El Servicio de Fomento Empresarial se estructura en las Secciones siguientes:

a) Sección de Fomento de la Inversión.

b) Sección de Promoción de la Sociedad de la Información y Sectores Empresariales.

Artículo 52. Ámbito material de competencias de la Sección de Fomento de la Inversión.

La Sección de Fomento de la Inversión ejercerá las funciones previstas en este Decreto Foral con relación al desarrollo y consolidación de la actividad empresarial, fomento de la inversión productiva, así como las demás que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 53. Ámbito material de competencias de la Sección de Promoción de la Sociedad de la Información y Sectores Empresariales.

La Sección de Promoción de la Sociedad de la Información y Sectores Empresariales ejercerá las atribuciones previstas en este Decreto Foral con relación a la coordinación y seguimiento del Plan para la Promoción de la Sociedad de la Información, el fomento del uso de las tecnologías de la información y la comunicación, el impulso de los sectores empresariales, así como las demás que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 57. Ámbito material de competencias de la Sección de Tecnología y Transferencia del Conocimiento.

La Sección de Tecnología y Transferencia del Conocimiento ejercerá las funciones previstas en este Decreto Foral con relación al impulso y coordinación de los centros tecnológicos, la trasferencia y utilización por las empresas del conocimiento generado por los centros tecnológicos, patentes y marcas, así como las demás que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 61. Ámbito material de competencias de la Sección de Registro de Empresas.

La Sección de Registro de Empresas ejercerá las atribuciones previstas en este Decreto Foral con relación al registro y control de empresas, organismos de control autorizados, acreditación de profesionales, así como las demás que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 63. Ámbito material de competencias del Servicio de Reindustrialización, Competitividad y Proyectos Estratégicos.

El Servicio de Reindustrialización, Competitividad y Proyectos Estratégicos ejercerá las atribuciones previstas en este Decreto Foral en relación con las siguientes materias:

-Apoyo a la mejora de la competitividad empresarial.

-Apoyo al saneamiento y relanzamiento de empresas.

-Facilitar el acceso a la financiación de las empresas.

-Coordinación de los proyectos estratégicos.

-Coordinación de los proyectos gestionados por las sociedades públicas.

-Coordinación de las políticas de empresa.

-Coordinación de los proyectos del Plan Moderna.

-Apoyo al emprendimiento.

Artículo 64. Estructura del Servicio de Reindustrialización, Competitividad y Proyectos Estratégicos.

El Servicio de Reindustrialización, Competitividad y Proyectos Estratégicos se estructuran en las Secciones siguientes:

a) Sección de Competitividad Empresarial.

b) Sección de Proyectos Estratégicos y Políticas de Empresa.

Dos. Se añaden los siguientes artículos al Decreto Foral 66/2012, de 25 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo:

"Artículo 64. bis. Ámbito material de competencias de la Sección de Competitividad Empresarial.

La Sección de Competitividad Empresarial ejercerá las funciones previstas en este Decreto Foral con relación a la mejora de la competitividad, el saneamiento y relanzamiento y la facilitación del acceso a la financiación de las empresas, así como las demás que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 64. bis. Ámbito material de competencias de la Sección de Proyectos Estratégicos y Políticas de Empresa.

La Sección de Proyectos Estratégicos y Políticas de Empresa ejercerá las atribuciones previstas en este Decreto Foral con relación a la coordinación de los proyectos estratégicos, coordinación de los proyectos gestionados por las sociedades públicas, coordinación de las políticas de empresa, coordinación de los proyectos del Plan Moderna, apoyo al emprendimiento, así como las demás que le atribuyan las disposiciones en vigor."

Tres. Se cambia la denominación de la Sección 5.ª del Capítulo IV, del Decreto Foral 66/2012, de 25 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, que pasa a ser la de "Servicio de Reindustrialización, Competitividad y Proyectos Estratégicos".

Cuatro. Se suprime la Sección 7.ª "Sección de Proyectos Estratégicos y Políticas de Empresa" del Capítulo IV y el artículo 69 Vínculo a legislación, del Decreto Foral 66/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo.

Disposición adicional Primera.-Confirmación de nombramiento.

Se confirma, en las mismas condiciones en que se produjo, el nombramiento de la Jefa de la Sección de Fomento de la Inversión y Promoción de Áreas de Actividades Económicas, que pasa a denominarse Jefa de la Sección de Fomento de la Inversión.

Disposición adicional Segunda.-Confirmación de condiciones.

La Jefatura de la Sección de Promoción de la Sociedad de la Información y Sectores Empresariales, mantiene las condiciones que actualmente ostenta la Jefatura de la Sección de Promoción de la Sociedad de la Información.

Disposición derogatoria única.-Derogación de normas.

Quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Foral.

Disposición final Única.-Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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