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El TS condena a una particular a abonar a Banesto más de 9.000 euros por un caso de 'phishing'

20/12/2012
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El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a una particular a abonar más de 9.000 euros a Banesto al considerarla autora de los delitos de estafa y blanqueo de capitales mediante la técnica del 'phishing'.

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

El Alto tribunal estima así un recurso interpuesto por la entidad bancaria contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Palencia que condenaba a Raquel M.M. como autora de un delito de blanqueo a la pena de 15 meses de prisión y a una multa de 10.000 euros, además del pago a Banesto de una indemnización de 1.038,05 euros.

La sala considera probado que Raquel M.M. recibió un correo electrónico con una propuesta laboral de una empresa denominada Colon Collection con la que la compañía buscaba representantes en España para recibir pagos de clientes y proveedores.

Como salario, la acusada recibiría 250 euros libres de gastos e impuestos por cada operación satisfactoria, pagados el mismo día de trabajo en forma y tiempo.

El tribunal también ve acreditado que Colon Collection, "mediante el envío de correos electrónicos y bajo la apariencia de actuar como una entidad bancaria y utilizando un falso duplicado de su página web, obtuvo de forma encubierta e ilegítima y sin consentimiento alguno de su titular Antonio R.I. la clave de su cuenta bancaria en Banesto".

TRANSFERENCIAS BANCARIAS A MOLDAVIA

Para cumplir con su función, la acusada se abrió una cuenta en Banesto y, a los pocos días, recibió una transferencia por importe de 3.704 euros procedentes de la cuenta de Antonio R.I. Raquel M.M. retiró el dinero en la ventanilla del banco y remitió 2.630 euros a Moldavia, quedándose con 350 euros de comisión.

Al día siguiente de realizar esta operación, recibió otras dos transferencias por importe de 3.126,43 euros y 2.849,12 euros, procedentes de la misma cuenta. Retiró el dinero y los reenvió a Moldavia, reservando para ella 688,05 euros.

Tras conocer el fallo de la Audiencia de Palencia, Banesto presentó un recurso de casación al entender que los hechos deberían juzgarse como un caso de estafa informática y por considerar que la indemnización debería ser rectificada.

Si bien la sala desestima el primer motivo de recurso, sí acepta el segundo porque determina que "no hay razón que justifique que la acusada sólo deba responder de la parte del lucro propio", ya que "interviene en el blanqueo de todo el dinero que es sustraído a la víctima".

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