Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 20/12/2012
 
 

Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas

20/12/2012
Compartir: 

Decreto 75/2012, de 13 de diciembre, por el que se deroga el artículo tercero del Decreto 24/1998, de 26 de marzo, por el que se crea la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas (BOCA de 19 de diciembre de 2012). Texto completo.

DECRETO 75/2012, DE 13 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DEROGA EL ARTÍCULO TERCERO DEL DECRETO 24/1998, DE 26 DE MARZO, POR EL QUE SE CREA LA OFICINA DEL GOBIERNO DE CANTABRIA EN BRUSELAS.

Mediante el Decreto 24/1998, de 26 de marzo Vínculo a legislación, se creó la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas, como órgano de representación de Cantabria y de defensa y promoción de los intereses multisectoriales de la Comunidad de Cantabria en las instituciones de la Unión Europea.

Para los gastos corrientes que se generen en la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas, el artículo tercero del referido Decreto prevé que será de aplicación el Decreto 3/1998, de 8 de enero Vínculo a legislación, sobre anticipo de caja fija.

Actualmente los gastos generados en la citada Oficina vienen siendo gestionados por la Sociedad pública regional SODERCAN, S. A., siendo intención del Gobierno que a partir de uno de enero de 2013 lo sean por la también Sociedad pública regional CEP CANTABRIA, S. L., conforme a la autorización conferida por el Decreto 63/2012, de 25 de octubre.

Dado que no se va a aplicar el sistema de anticipo de caja fija, se estima conveniente proceder a derogar el artículo tercero del Decreto 24/1998, de 26 de marzo Vínculo a legislación.

En virtud de ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2002, de 10 de diciembre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a propuesta de la consejera de Economía, Hacienda y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día trece de diciembre de 2012, DISPONGO

Artículo único.

Se deroga el artículo tercero del Decreto 24/1998, de 26 de marzo Vínculo a legislación, por el que se crea la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana