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Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos

20/12/2012
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Decreto 257/2012, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 239/2003, de 16 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos (BOA de 19 de diciembre de 2012). Texto completo.

DECRETO 257/2012, DE 4 DE DICIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 239/2003, DE 16 DE SEPTIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA Y REGULA LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO DE ARAGÓN PARA ASUNTOS ECONÓMICOS.

Texto:

La Ley 2/2009, de 11 de mayo Vínculo a legislación, del Presidente y del Gobierno de Aragón, prevé en su artículo 22 la posibilidad de constituir Comisiones Delegadas del Gobierno de Aragón.

El Decreto 239/2003, de 16 de septiembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos. Se atribuye a dicha Comisión la coordinación y supervisión de las medidas de política económica que se ejecutan a través de los diferentes Departamentos del Gobierno.

La necesidad de adaptar la Comisión a la nueva estructura departamental así como el impulso que se pretende dar a la misma con la inclusión de nuevas funciones referidas esencialmente a la coordinación de las acciones referidas a la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento con objeto de fomentar la actividad de sectores identificados como estratégicos para la economía aragonesa, fundamentan la necesidad de modificación del referido Decreto 239/2003, de 16 de septiembre Vínculo a legislación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de diciembre de 2012,

Artículo único. Modificación del Decreto 239/2003, de 16 de septiembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos.

1. El artículo 2 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 2. Composición.

1. La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos estará compuesta por la Presidenta del Gobierno de Aragón, que la presidirá, y, por los Consejeros de Hacienda y Administración Pública; Economía y Empleo; Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes; Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente e Industria e Innovación.

2. La Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos será delegable en cualquiera de los Consejeros integrantes de la misma.

3. Actuará como Secretaria de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos, con voz pero sin voto, la Secretaria General Técnica de la Presidencia.

4. El Presidente de la Comisión podrá convocar a sus sesiones a otros Consejeros, altos cargos o personal al servicio de la Administración Autonómica, así como los responsables de los organismos, entidades y empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón."

2. Se añade un apartado 9 al artículo 3 con la siguiente redacción:

"9. Impulsar y coordinar las acciones precisas para el desarrollo de la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento."

3. El artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 4. Funcionamiento.

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos celebrará sus sesiones con carácter bimestral, y siempre que sea convocada por su Presidente."

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Disposiciones finales.

Primera.- Se faculta al Consejero de Economía y Empleo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Decreto.

Segunda.- Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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