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  • EDICIÓN DE 17/12/2012
 
 

Le impone las posibles costas

La Audiencia Provincial rechaza la recusación del juez de los ERE en Andalucía solicitada por Rivera y critica su "temeridad"

17/12/2012
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado la recusación de la juez Mercedes Alaya, que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, planteada por el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

SEVILLA, 16 (EUROPA PRESS)

Fue el pasado mes de julio, concretamente un día antes de su declaración como imputado, cuando el abogado del exalto cargo planteó la recusación de la juez de Instrucción número 6 de Sevilla en base al retraso en resolver los recursos de reforma y apelación presentados en febrero y junio contra su imputación, pero la juez decidió inadmitir la recusación, motivando que Rivera recurriera en apelación ante la Audiencia.

En un auto dictado el 21 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial rechaza tal petición, que había sido impugnada igualmente por la Fiscalía Anticorrupción, y critica la "manifiesta falta de fundamento" de la recusación y la "temeridad, como poco", al interponer el recurso de apelación a pesar de la "contundencia" de los razonamientos ofrecidos por la magistrada en su auto.

La Audiencia, que impone a Rivera las posibles costas, recuerda que según doctrina del Tribunal Supremo la inadmisión de una recusación puede deberse a la "extemporaneidad" de su planteamiento, motivo que alegó la propia juez Mercedes Alaya "con argumentos tajantes que este tribunal hace suyos por acertados", los cuales "no han merecido una sola línea en el escrito de recurso".

"LA IMPARCIALIDAD SE PRESUME EN TODO JUEZ MIENTRAS NO SE DEMUESTRE LO CONTRARIO"

"Lo dicho es razón suficiente para desestimar el recurso", prosigue la Sección Séptima, que critica igualmente "la falta de fundamento" de la recusación en el punto en que Rivera aduce que la magistrada "tiene interés directo o indirecto en la causa", pues además "debe partirse de la premisa de que la imparcialidad se presume en todo juez mientras no se demuestre lo contrario". "Aunque pueda parecer ocioso, no está de más recordarlo, leído lo que se lee en el escrito de recusación", asevera.

Al hilo de ello, recuerda una sentencia del Tribunal Supremo que señala que "la recusación no es un medio que pone la Ley en manos de las partes en el proceso criminal para apartar del conocimiento del mismo a quien, consciente de los deberes de su cargo, despliega su celo investigador para el esclarecimiento de los hechos".

Los magistrados de la Audiencia Provincial ponen de manifiesto que "si se lee con detenimiento" el escrito de recusación "se comprueba que se pretende hacer pasar" como causa de recusación el "interés directo o indirecto por parte de la magistrada en la presente causa", lo que "no son sino argumentos de fondo, especialmente en lo que concierne a la segunda alegación, con la que se dedica la defensa del imputado a analizar el resultado de lo instruido en lo que a él concierne".

"GIRO INCOMPRENSIBLE"

Así, "llega al extremo de, en un giro incomprensible cuando de un incidente de recusación se trata, argüir acerca de la prueba ilegal o prohibida".

Rivera había alegado, igualmente, la afectación a la tutela judicial efectiva debido a la "demora injustificada en la resolución del recurso" --en referencia al retraso en la resolución de sendos recursos contra su imputación y la posterior ampliación de la misma--, pero la Audiencia dice que el auto de la juez Alaya "recoge razonamientos que lo explican sin, de nuevo, merecer atención alguna del recusante en su recurso".

"Coincidimos, por lo demás, con la juez instructora en que, de ser ciertas las alegaciones de Rivera, tienen encaje en otros institutos jurídicos ajenos al de la recusación", concluye la Sección Séptima de la Audiencia Provincial.

Esta misma sección de la Audiencia ya rechazó otra recusación planteada contra la magistrada, aunque en relación con las presuntas irregularidades en Mercasevilla, a cuenta del trabajo de su marido como auditor de las cuentas de la sociedad mixta.

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